Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Proyecto de Ordenanza, designando un agente de planta permanente
de la Municipalidad para cumplir funciones en el Museo Municipal de Villa Gdor Gálvez “Dr.
Raúl Malatesta”. Exp. 5118/14.
VISTO:
La Ley 2.756,
La Ley 2.756,
La Ley Provincial
12.955 “Ley de Museos”,
La Minuta de
Comunicación Nº 186/85 “Declaración de Interés Publico y Municipal el Museo de
la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez”, y
CONSIDERANDO QUE:
La Ley Provincial de Museos Nº 12.955 define en su
artículo 3º: “El Museo es una organización sin fines de lucro, de carácter
permanente y abierto al público, que reúne, conserva, ordena, documenta,
investiga, difunde y exhibe para fines de estudio, educación y contemplación,
colecciones de bienes de valor histórico, artístico, científico, técnico o
cualquier otra naturaleza cultural, cuya misión es impulsar el desarrollo de la
sociedad mediante el rescate, conservación y comunicación del acervo histórico
cultural y natural, tangible e intangible.”
El Museo Municipal “Dr. Raúl Malatesta” se sostiene
íntegramente gracias a las acciones y aportes, tanto materiales como humanos,
de la Asociación Amigos del Museo Municipal de Villa Gobernador Gálvez (entidad
con Personería Jurídica s/resolución Nº 525/88).
Fue la misma Asociación la que motorizó la fundación
del Museo en el año 1986 y lo mantiene en funcionamiento para que continúe con
su extraordinaria labor en defensa del patrimonio histórico y cultural y su
permanente compromiso con nuestra identidad.
El Museo Municipal no recibe financiación desde el
Estado local, y dado que es una organización sin fines de lucro, en ocasiones
se hace dificultosa la tarea de mantenerlo abierto al público en horarios de
atención.
La Municipalidad ha cedido en uso un inmueble ubicado
sobre calle Juan D. Perón sobre el cual se están haciendo todo el esfuerzo
posible para garantizar su traslado en el menor tiempo posible.
Sería de suma importancia para optimizar el
funcionamiento del museo contar con un nuevo aporte de la Municipalidad, en
este caso, de un personal para garantizar su apertura diaria; la persona
asignada por el Departamento Ejecutivo debería ser de Planta Permanente para no
generar un mayor gasto a la administración pública municipal.
Por todo lo expuesto el Concejal abajo
firmante eleva al resto del
cuerpo para su tratamiento el siguiente
proyecto de:
ORDENANZA
ART. 1º): Desígnese una persona en comisión o
adscrito, para cumplir funciones en el Museo Municipal de Villa Gobernador
Gálvez “Dr. Raúl Malatesta”.
ART.2º) El personal designado por el Art. 1º de la
presente Ordenanza será seleccionado de la Planta Permanente de la
Municipalidad.
ART. 3º) Serán funciones mínimas del personal
designado: la apertura y cierre del Museo en horarios convenidos por la
Comisión Directiva del mismo, la atención a visitantes y el mantenimiento
general de la limpieza del lugar.
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