Proyecto de Ordenanza, Adhesión declaración de Interés Municipal a la Ley Nacional Nº 26.914. Exp. 5295/14.
Visto
Ley
Nacional Nro. 23.753;
Ley
Nacional Nro. 26.914;
Proyecto
de Comunicación Nro. S-0909/14 Pedido de
informe sobre la reglamentación de la ley 26.914 y;
Considerando
Que
en el mes de noviembre de 2013 fue sancionada por unanimidad en ambas cámaras
del Congreso Nacional una nueva ley de diabetes, que modifica a ley 23.753,
vigente desde 1989, la cual ha quedado obsoleta ante los avances farmacológicos
y tecnológicos en materia salud.
Que
dicha ley fue promulgada de hecho el día 17 de diciembre de 2013 y publicada en
el Boletín Oficial el día 27 de aquel mes, con el número 26.914.
Que
esta modificación propuesta consta principalmente de:
ü El
establecimiento de Normas
de Provisión de Medicamentos e Insumos, por parte del
Ministerio de Salud de la Nación –Autoridad
de Aplicación de la Ley–, que deberán ser revisadas y actualizadas como mínimo
cada 2 (dos) años, a fin de incluir
en la cobertura
los avances farmacológicos y tecnológicos que resulten de aplicación en
la terapia de la diabetes y promuevan una mejora en la calidad de vida de los
pacientes diabéticos.
ü La
cobertura del 100%
(ciento por ciento)
de los medicamentos, insumos y
reactivos de diagnóstico para autocontrol de los
pacientes con diabetes, en las
cantidades necesarias según prescripción médica.
ü La acreditación de la condición de paciente
diabético, mediante certificación médica
de una institución
sanitaria pública, para acceder al 100% (ciento por ciento) de
cobertura.
ü La realización de campañas nacionales de
detección y de concientización de la enfermedad, así como de programas
formativos en las instituciones educativas de todo el país, para lograr un
adecuado conocimiento de la enfermedad y propiciar la integración social de los
pacientes.
Que
esta ley es de vital importancia para lograr una mejor calidad de vida de los
pacientes diabéticos, sin importar la clase social o la cobertura médica (obra
social).
Que
tuvo un importante apoyo popular,
plasmado en miles
de firmas y
campañas en las
redes sociales y medios tradicionales de comunicación.
Que,
hoy en Argentina, más de tres millones
de personas sufren esta enfermedad, quienes esperaron con ansia la
reglamentación de la misma, la cual recién llegó el 31 de julio de este año.
Que
el espíritu de esta ley, propuesta por el Senador Radical Ernesto Sanz, es
brindar las mismas oportunidades de acceso a la medicación y a los insumos a
todos los argentinos, tengan o no cobertura médica.
Que
es necesario que este Cuerpo se pronuncie a favor de iniciativas como estas que
llevan a un mejoramiento en la calidad de los argentinos.
Ante
todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento
siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Artículo 1.- La Municipalidad de Villa Gdor. Gálvez adhiere en
todos sus términos a la Ley Provincial Nº 26.914 sancionada en noviembre de
2013 que trata sobre la enfermedad de la diabetes.
Artículo 2.- Declárese
de interés municipal social en salud pública a la Ley Nacional Nro. 26.914, por
ser una norma que mejora la calidad de vida de los pacientes diabéticos.
Artículo 3.-
Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la
Secretaría que corresponda, proceda a realizar campañas de detección y
concientización sobre la enfermedad.
Artículo 4.-
El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a
través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones
pertinentes ante el Ministerio de Salud de la Nación a fin de que provea a la
ciudad de los medicamentos e insumos necesarios para afrontar la demanda de los
pacientes con diabetes.
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