martes, 26 de agosto de 2014

Proyectos presentados por el Bloque UCR Frente Progresista Civico y Social al 25 de agosto 2014

Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social.


BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

Autor de los proyectos: Concejal Martínez.

LIMPIEZA Y DESINFECCION CONTENEDORES DE RESIDUOS DOMICILIARIOS
Proyecto de Decreto, Limpieza y desinfeccion de los contenedores de residuos domiciliarios y cumplimiento Decreto 476/13. Exp. 5304/14.
Visto
Constitución Nacional articulo 41;
Ley 2.756 articulo 39;
Decreto Nro. 476/13 Colocación bandas reflectivas en contenedores de residuos domiciliarios y;
Considerando
Que los contenedores de residuos domiciliarios son importantes para mantener la higiene y salud de los ciudadanos.
Que para no transformarse en un foco de infección que ponga en riesgo la salud de los vecinos es necesario que dichos contenedores sean higienizados y desinfectados frecuentemente.
Que resulta necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal ordene de inmediato la limpieza y desinfección de los contenedores de residuos domiciliarios.
Que los contenedores sucios, con restos de residuos tanto sólidos como líquidos provocan olores nauseabundos y la contaminación del ambiente.
Que esto ha producido la proliferación de insectos, roedores y microorganismos patógenos.
Que en las personas pueden provocar diversas enfermedades como infecciones respiratorias e intestinales; dengue clásico y dengue hemorrágico; otitis y conjuntivitis.
Que el efecto persistente de la contaminación del aire respirado, en un proceso silencioso de años, conduce finalmente al desarrollo de afecciones cardiovasculares agudas, como el infarto.
Que los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez se merecen un espacio público limpio y sano.
Que es importante que se realice dicha acción para brindar al ciudadano de Villa Gobernador Gálvez una mejor calidad de vida y eliminar aquellos factores que ponen en riesgo la integridad física de las personas.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO
Artículo 1.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la limpieza y desinfección de los contenedores  de residuos domiciliarios dispuestos en distintos lugares de la ciudad.
Artículo 2.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que dé cumplimiento al Decreto Nro. 476/13 donde se establece la colocación bandas reflectivas en contenedores de residuos domiciliarios.



COLOCACION SEÑAL “PROHIBIDO ESTACIONAR” EN FILIPPINI ENTRE VIAS FERROCARRIL Y GUIDO Y SPANO
Proyecto de Decreto, Colocación de señal de “prohibido estacionar” sobre vereda impar de Av. Filippini entre vías del ferrocarril y Guido y Spano. Exp. 5305/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 41 inciso 14;
Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2;
Decreto Nro. 488/13 Controles vehiculares sobre estacionamiento en Av. Filippini;
Decreto Nro. 545/13 Se informe sobre el Decreto 488/13, Control de Estacionamiento sobre Av. Filippini;
Densidad del tránsito en Av. Filippini y;
Considerando
Que el año próximo pasado este Cuerpo aprobó dos proyectos de decretos solicitando el control del estacionamiento sobre Av. Filippini.
Que en el Decreto Nro. 488/13  se solicitaba se cumpla con lo establecido en el Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2 sobre la prohibición de estacionar en calles de doble mano sobre los números impares.
Que es indispensable la realización de controles de estacionamiento debido a que Av. Filippini es una arteria de limitado ancho y el estacionamiento de ambas manos perjudica la fluidez del tránsito.
Que sobre Av. Filippini desde vías del ferrocarril hasta calle Guido Spano se deben colocar las señales de prohibido estacionar sobre la numeración impar.
Que, a su vez, sobre la vereda de numeración par desde calle Balcarce a Guido Spano también debe prohibirse el estacionamiento sobre Av. Filippini y colocar las señales correspondientes debido a que en dicho lugar se encuentra una curva.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal el control de la vía pública y hacer cumplir las reglamentaciones vigentes para lograr una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.

DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque las señales de prohibido estacionar sobre la vereda de numeración impar en Av. Filippini desde vías del ferrocarril hasta Guido Spano, en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde la aprobación del presente Decreto.
Artículo 2.- Colóquese señales de prohibido estacionar y detenerse sobre Av. Filippini desde Balcarce a Guido Spano sobre la vereda de numeración par, en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde la aprobación del presente Decreto.
Artículo 3.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar controles de estacionamiento sobre Av. Filippini desde vías del ferrocarril hasta Guido Spano.
Artículo 4.- Envíese a este Cuerpo un informe sobre los controles solicitados en el artículo precedente y los resultados obtenidos por la colocación de las señales solicitadas en los artículos 1 y 2 del presente decreto.





COLOCACION SEÑAL “PROHIBIDO ESTACIONAR” EN BALCARCE DE URQUIZA HASTA SAN MARTIN
Proyecto de Decreto, Colocacion de señal de “prohibido estacionar” sobre vereda impar de calle Balcarce de Urquiza hasta San Martin. Exp. 5306/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 41 inciso 14;
Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2;
Ordenanza Nro. 1.337/98 Señalización calles Avellaneda, Balcarce y Urquiza;
Necesidad de regular el estacionamiento en calle Balcarce y;
Considerando
Que  es necesario regular el estacionamiento sobre calle Balcarce a fin de darle mayor fluidez al tránsito, principalmente, frente al Hospital  Dr. Anselmo Gámen.
Que en el artículo primero de la  Ordenanza Nro. 1.337/98 se solicitaba la señalización de las calles Avellaneda entre Mitre  y  Santa María  de Oro, Balcarce entre Av. San Martín y Urquiza,  y Urquiza entre Mitre y Santa María de Oro, el sólo estacionamiento en la mano de los números pares.
Que en la misma ordenanza se prohibía el estacionamiento frente a la entrada y salida de  la ambulancia del Hospital Dr. Anselmo P. Gámen, en  la mano de los Números pares, colocándose carteles  indicadores de "PROHIBIDO ESTACIONAR ENTRE CARTELES".
Que  es indispensable brindar mayor fluidez del tránsito en la zona del Hospital dado que de la rapidez del sistema de emergencias depende la vida de los pacientes.
Que en pos de esta fluidez en la circulación es necesario retirar cualquier obstáculo que lo impida, incluyendo los vehículos estacionados.
Que, aunque exista frente al nosocomio una dársena de estacionamiento sobre la numeración impar, la misma sólo debe utilizarse para ascenso y descenso de los pacientes, debiendo retirarse luego de culminada la acción para permitir el acceso a otros vehículos.
Que el estacionamiento sobre ambas manos dificulta el tránsito debido a que deja sólo un carril de circulación obligando a los conductores a realizar maniobras imprevistas e ilegales para permitir el curso de los vehículos.
Que el Código Municipal de Faltas. Ordenanza 490/89. Artículo 153 inc. 2 prohíbe estacionar en calles de doble mano sobre los números impares.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal el control de la vía pública y hacer cumplir las reglamentaciones vigentes para lograr una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Que es imperioso que se realicen controles en la zona, principalmente, sobre calle Balcarce.
 Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque las señales de prohibido estacionar sobre la vereda de numeración impar en calle Balcarce desde Urquiza a Av. San Martín, en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde la aprobación del presente Decreto.
Artículo 2.- Colóquese las señales de Prohibido estacionar y carteles indicadores en la dársena ubicada frente al Hospital Dr. Anselmo Gámen sobre la vereda par, permitiendo la detención de vehículos para el ascenso y descenso exclusivamente de las personas que se dirijan al mencionado nosocomio debiendo retirarse finalizada la acción.
Artículo 3.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar controles de estacionamiento sobre calle Balcarce entre Urquiza y Av. San Martín.
Artículo 4.- Envíese a este Cuerpo un informe sobre los controles solicitados en el artículo precedente y los resultados obtenidos por la colocación de las señales solicitadas en los artículos 1 y 2 del presente decreto.








                                                   concejodeliberantevgg.blogspot.com





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