lunes, 11 de agosto de 2014

CREACION RECEPTORIA DE OBJETOS Y DOCUMENTACION EXTRAVIADA

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Proyecto de Ordenanza, Creación de la receptoría de objetos y documentación extraviada. Exp. 5286/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
Los objetos que diariamente se extravían en distintos lugares de la ciudad, y;
CONSIDERANDO:
            Que no existe, en el estado municipal, un lugar físico donde se centralice la recepción y entrega de los objetos y documentación perdida o extraviada en la vía pública por ciudadanos y o visitantes de la ciudad;
            Que en la actualidad la persona que encuentra un objeto como el que lo pierde, no cuenta con la existencia de un teléfono y lugar de recepción. Debiendo realizar un recorrido, por los medios de comunicación social de tipo radial y o televisivo donde las personas depositan voluntariamente aquellos objetos que encuentran en la calle, como ser: llaves, liciencias de conducir, documentos, tarjetas de ciudadanía, tarjeta de crédito, tarjetas de débito, celulares, anteojos y otros bienes no registrables;
            Que estos bienes de bajo volumen y valor económico, son de elevada utilidad para sus propietarios y quien los haya perdido en la vía pública.-
            Que es de mucha utilidad para el vecino de Villa Gobernador Gálvez crear este tipo de ámbito que colabore con la busqueda de estos objetos o documentación pérdida.-
Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente, eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;
                                                                       ORDENANZA
Artículo 1º- Créase, en el ámbito de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, la "Receptoría de Objetos y Documentación Perdida o Extraviada - Servicio de Atención Ciudadana" destinada a los ciudadanos para recibir, guardar y devolver objetos y documentación perdida que se encuentren en la ciudad y para entregar por Mesa de Entradas del municipio.-
Artículo 2º- Funcionamiento de la Receptoría de Objetos Perdidos:
1- Recibir y guardar los objetos y documentación que los ciudadanos encuentren en la vía pública y sean entregados a la Receptoría.
2- Organizar los objetos y documentación recibida en guarda y establecer la forma de identificación de sus legítimos propietarios o titulares.
3- Devolver a sus legítimos propietarios o titulares los objetos y documentación recibida en guarda
Artículo 3º- Se devolverá el bien perdido u extraviado a su legítimo propietario, previa Declaración Jurada de ser suyo el bien reclamado y excluyendo de responsabilidad a la Municipalidad de Villa Goberdador Gálvez por su custodia.-
Artículo 4º- La Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez tendrá en guarda por el término de 6 meses el objeto perdido, cuyo plazo vencido podrá proceder a su disposición final.-
Artículo 5º- La Secretaría de Gobierno, establecerá el resto de la metodología y formularios, para que los ciudadanos puedan entregar los objetos y documentación que encuentren, y para que los dueños o titulares puedan gestionar su devolución.-
Artículo 6º- El Servicio es de atención gratuita y funcionará en el horario ordinario de atención al público.-











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