Autor del proyecto: Concejal Cabrol.
Proyecto de Decreto, para que se
informe sobre el personal que presta servicios remunerados en la Municipalidad
de Villa Gdor Gálvez. Exp. 4796/13.
VISTO:
La
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
La
ordenanza de acceso a la información pública Nº 1943/10, y
CONSIDERANDO:
Que
es deber del municipio velar por la transparencia de los fondos públicos.
Que
la municipalidad de villa gobernador Gálvez se encuentra en emergencia económica y financiera.
Que
es deber del departamento ejecutivo informar sobre el manejo de los fondos
públicos.
Que
es deber del ejecutivo municipal brindar información del personal de planta
permanente, contratados, monotributistas, personal de gabinete y ejecutivo.
Que
en los sucesivos pedidos de informe tanto del personal que brinda servicios en
la municipalidad como pedidos acerca del manejo de la cosa pública, salvo
excepciones no han sido contestados.
Que
en los últimos días y a través de declaraciones en algunos medios locales el
secretario general del sindicato o la comisión directiva manifestó desacuerdo
con las re categorizaciones y adicionales otorgados por el intendente,
declarándose en estado de alerta el sindicato que representa a los trabajadores
ante el no respeto a la carrera escalonaría y violatoria a la ley 9286.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su aprobación
el siguiente:
DECRETO
ART.
1) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo
Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda brinde en detalle
personal que presta servicios remunerados en la municipalidad de villa
gobernador Gálvez.
ART. 2) El concejo deliberante le ordena al departamento ejecutivo
municipal informe detallando la cantidad total de:
·
Personal
de planta permanente con sus respectivos nombres, categorías y agrupamientos y
adicionales ley 2756 como así también donde prestan función.
·
Personal
contratado de la municipalidad de villa gobernador Gálvez, nombres, sueldo
mensual y donde presta función.
·
Personal
monotributista de la municipalidad, nombres, desembolso mensual, donde realiza
sus funciones y actividad laboral.
·
Personal
de gabinete de la municipalidad, sueldo mensual y tarea que desempeña.
·
Personal
ejecutivo y su remuneración mensual.
·
Personal
pronto a jubilarse y la categoría que tiene actualmente.
ART.3) El ejecutivo municipal
deberá informar dentro de los 4 días hábiles de aprobado dicho proyecto.
ART. 4) El departamento ejecutivo municipal deberá informar
desde el 1 de enero del
2013 hasta el mes de mayo inclusive, lo solicitado en el art. 2).
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