lunes, 20 de mayo de 2013

IMPLEMENTACION PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

Autor del proyecto:Concejal Monte. 
Proyecto de Ordenanza, implementación del Presupuesto Participativo. Exp, 4780/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756, Art. 39 Incs. 7 y 17 y Art. º41 Inc. 3, y
CONSIDERANDO:
Que el Municipio es el primer eslabón de interacción que tiene la ciudadanía con el poder político.
Que en los últimos años nuestra ciudad ha transitado un proceso de crecimiento y desarrollo demográfico, de ocupación territorial hacia las zonas más periféricas, con el inmediato correlato de mayores demandas.
Que el dinamismo de este crecimiento ha determinado una falta de planificación para establecer prioridades de ejecución en las demandas.
Que es necesario promover la construcción de ciudadanía como compromiso de todos los gobernantes para lograr erradicar definitivamente las antiguas tendencias de hacer política ligadas al clientelismo y oportunismo que hoy por hoy han demostrado su ineficacia e ineficiencia para el desarrollo general de la población, postergando valores como la dignidad y el sentimiento de pertenencia a una comunidad.
Que los actuales gobernantes y representantes del Pueblo debemos promover este sentimiento de compromiso ciudadano, desarrollando herramientas con profundo sentido democrático, aggiornando el modo de implementar la política a las nuevas exigencias de una sociedad que avanza a pasos agigantados, tanto en comunicación y tecnología como en formación de opiniones.
Que es necesario afianzar lazos de diálogo y comunicación directa con el ciudadano, permitiendo y propiciando su activa participación.
Que la participación de los ciudadanos en la deliberación, decisión, votación y control de una parte del presupuesto municipal, técnicamente conocida como Presupuesto Participativo, se ha convertido en estos últimos años en una herramienta y un mecanismo de lo más novedoso en las democracias representativas para lograr una buena gobernabilidad local y sustentabilidad de los proyectos originados por la iniciativa popular.
Que nadie mejor que el vecino conoce su realidad local y puede discernir cuáles son las prioridades en la gestión, estableciendo una planificación de obras y/o servicios para su barrio.
Que la Democracia Participativa es un mecanismo de acercamiento a la Democracia Directa, donde los ciudadanos interactúan con los gobernantes participando en la toma de algunas de las decisiones políticas que directa o indirectamente los afectan.
Que la implementación del Presupuesto Participativo permite, entre otras cosas, profundizar la participación ciudadana con el desarrollo de mecanismos abiertos y horizontales de decisión desarrollando en la comunidad un mayor grado de corresponsabilidad.
Que, además, permite efectivizar una variación otorgando una nueva impronta en las relaciones de poder, efectuando un proceso de inclusión de la población en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos, quienes podrán decidir sobre parte de los recursos municipales, identificando las prioridades en la planificación de necesidades de obras o servicios para su barrio o zona.
Que nos encontramos ante una real apuesta política de transformación, de generación de nuevos conocimientos, capacidades y prácticas políticas en el ciudadano que no podemos ni debemos desatender si queremos cumplir, como representantes, el mandato que nos delegó y confió el pueblo.
Que establecer el presupuesto participativo en Villa Gobernador Gálvez sería un gran desafío para este Concejo Deliberante y el Departamento Ejecutivo, pero un desafío posible si todos nos unimos para darles voz y voto a los excluidos, procurando herramientas y capacitación a una sociedad civil que, una vez organizada, puede establecer las prioridades de acción de la gestión de turno.
Que este es un proyecto abarcativo y liberado de toda mezquindad política, ya que estaríamos todos juntos preparando a Villa Gobernador Gálvez para crecer y desarrollarse como ciudad pujante, trascendiendo nuestros mandatos y nuestras proyecciones políticas, siendo nosotros, como Gobierno y nuestros ciudadanos, corresponsales de distintas acciones a llevar a cabo en la ciudad, sentando así el precedente para las generaciones de políticos que nos sucederán.
Que en la Argentina ya hay alrededor de 40 municipios que han implementado el presupuesto participativo, según informes de la Red Argentina de Presupuestos Participativos, institución dependiente de la Jefatura de Gabinetes de Ministros de la Nación.
Que ya se ha venido trabajando en relación a este tema propiciando la instalación del presupuesto participativo en los municipios, que es reconocido internacionalmente como una "Buena Práctica" de gestión pública y tiene un desarrollo sostenido en todos los continentes.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
ART. 1º) Impleméntese el mecanismo de Presupuesto Participativo, que regirá a partir de la sanción de la presente, en la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
ART. 2º) El mecanismo de Presupuesto Participativo en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez tendrá la denominación "Presupuesto Publico para la Iniciativa Popular": "PPIP"
ART. 3º) Entiéndase por "Presupuesto Público para la Iniciativa Popular" al proceso político de participación ciudadana, como herramienta de la sociedad civil, que permite destinar una parte del presupuesto municipal para la concreción de proyectos de iniciativa popular, previamente debatidos, estudiados, planificados, proyectados y votados como prioritarios para su barrio, por los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez,  organizados  en  Asambleas  Zonales,  participando  libre y voluntariamente de la toma de decisiones políticas, en igualdad de derechos y obligaciones
ART. 4º) A los efectos de la implementación del PPIP, delimítese territorialmente a la ciudad de Villa Gobernador Gálvez conforme se estipula en el Anexo que forma parte de la presente
ART. 5º) Establécese al año 2013 como año de inicio del PPIP, llevando a cabo el Plan Director, que como Anexo forma parte de la presente, como acción primaria; dando a publicidad y conocimiento la presente norma legal; organizando, capacitando y asesorando a los ciudadanos sobre la presente herramienta de participación ciudadana, según la metodología descripta en el mencionado plan
ART. 6º) los efectos de la aplicación del presente Proyecto de Ordenanza, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá efectuar un estudio pormenorizado de las obligaciones (gastos) y los derechos (ingresos) que prevean liquidar durante el ejercicio anual 2013, haciendo especial hincapié en el presupuesto estimado para las obligaciones de arrastre, imprevistos y/o emergencias que deberán afrontar durante el ejercicio 2014, año en que se tendrá calculado el monto de la partida presupuestaria destinado a la ejecución de las obras del PPIP. La presente tiene como objeto estimar montos reales de manera tal de ser ejecutados en el ejercicio 2014, generando confianza en la ciudadanía y eficacia en el proceso, para su sostenibilidad
ART. 7º) Teniendo en cuenta lo especificado en el artículo anterior, y para la efectiva implementación del PPIP, el Departamento Ejecutivo realizará un exhaustivo estudio a efectos de proponer la asignación presupuestaria total para el PPIP, que será afectada en el año 2014 para la ejecución de los proyectos votados como prioritarios por los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez. Dicho estudio deberá ser remitido a este Concejo Deliberante en el plazo de 20 días de quedar firme la presente, a efectos de la correspondiente aprobación
ART. 8º) Siendo los años 2013 de implementación del proceso y 2014, de ejecución de los primeros proyectos votados con el sistema de presupuesto participativo, se presume serán más demorosos hasta tanto Gobierno y Ciudadanía se adapten a esta nueva forma de política, combinando democracia representativa y directa. Por lo tanto, en los años siguientes, la asignación presupuestaria destinada al PPIP deberá decidirse, también de manera participativa, generando la instancia representativa para tal fin. Nunca una asignación presupuestaria del PPIP, podrá ser inferior que la asignada en el año inmediato que le precedió
ART. 9º) Apruébase el Anexo, que forma parte de la presente, denominado "Plan Director - Metodología para la implementación del PPIP”


ANEXO
«Plan Director: Metodología para la implementación del Presupuesto Publico para la Iniciativa Popular  PPIP»

Cláusula 1ra: "PREMISA": Dado que no existe una metodología standard o un diseño acabado de presupuesto participativo, el mismo deberá adaptarse a la realidad local. Por eso y a los efectos de lograr mayor identidad en Villa Gobernador Gálvez, el presupuesto participativo se denominará "Presupuesto Publico para la Iniciativa popular" (PPIP); proceso que se encontrará en permanente construcción, susceptible de ser superado y mejorado por los gobernantes futuros y aquellos ciudadanos que pretendan mejorar su formación cívica y su sentido de pertenencia a la ciudad.
Cláusula 2da: "CONCEPTO DEL PPIP": Entiéndase por "Presupuesto Público para la Iniciativa Popular" al proceso político de participación ciudadana, como herramienta de la sociedad civil, que permite destinar una parte del presupuesto municipal para la concreción de proyectos de iniciativa popular, previamente debatidos, estudiados, planificados, proyectados y votados como prioritarios para su barrio, por los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez, organizados en Asambleas Zonales, participando libre y voluntariamente de la toma de decisiones políticas, en igualdad de derechos y obligaciones.
Cláusula 3ra: "OBJETIVOS DEL PPIP":
           Mayor democratización de la gestión pública: recuperando el prestigio social de la política con la mayor participación ciudadana.
           Formación de potenciales gobernantes con un amplio perfil de participación ciudadana y funcionamiento a pleno de las instituciones democráticas, enmarcado en el concepto filosófico del arte de gobernar.
           Disminución de las desigualdades sociales: dándoles voz y voto a los excluidos, beneficiando a los sectores más vulnerables y zonas periféricas más postergadas.
           Generación del sentimiento de confianza en el uso de los recursos municipales, mediante la toma de conocimiento y participación de la ciudadanía.
           Ruptura del clientelismo político: el Pueblo votará a sus gobernantes por convicción y no por la promesa de una obra, puesto que serán ellos quienes decidirán las prioridades para su barrio o zona. Esta fuerza ciudadana promoverá un mayor equilibrio, contrarrestando el poder que detentan los gobernantes, ya sean oficialismo u oposición.
           Fomento de la participación y derechos de los ciudadanos, promoviendo la construcción de ciudadanía: impulsando la organización de la población, fomentando la solidaridad, la responsabilidad social y el respeto al conciudadano.
           Mejora de la eficiencia y eficacia de la gestión municipal: enriqueciéndola en el diario accionar y garantizando la ejecución de proyectos identificados por la comunidad como prioritarios.
           Combinación de democracia representativa con democracia directa: en un proceso de democratización de las relaciones del estado con la sociedad civil y la creación de una esfera pública, no estatal.
           Mejorar y aumentar la recaudación: cuando la ciudadanía está mejor informada, con espacios de participación directa, tiene más confianza en su gobierno local y demuestra mayor disposición a cumplir con sus obligaciones, impuestos y tasas.
Cláusula 4ta: “PRINCIPIOS Y BASES DEL PPIP"
           Participación universal: todos los ciudadanos y ciudadanas de Villa Gobernador Gálvez, mayores de 16 años, de manera voluntaria y sin ningún tipo de distinción, pueden participar de las Asambleas Barriales del PPIP.
           Transparencia de la gestión pública: es deber de las autoridades y funcionarios someter al análisis ciudadano, la información relativa al uso de los recursos municipales.
           Justicia Distributiva: a los efectos de una distribución equitativa de la asignación presupuestaria aprobada, según articulo 8 del presente proyecto, y luego de zonificar a este efecto el territorio municipal, el porcentaje otorgado a cada zona barrial se calculará teniendo en cuenta la desigualdad material de base y los distintos estudios e Índices de necesidades, otorgando más a las zonas más vulnerables o postergadas, con el objeto de disminuir la desigualdad social.
           Solidaridad: como práctica permanente del PPIP, cediendo recursos de los que más tienen para favorecer a los más necesitados, que es la premisa de la Justicia Social que todos invocamos.
• Objetividad:   para   asignar   recursos   y   definir   reglas de implementación claras, para todas las zonas barriales, garantizando la credibilidad del proceso.
           Flexibilidad: en la metodología, para lograr un proceso in crescendo.
           Unidad en la diversidad: impulsando un espacio de diálogo, debate y respeto entre personas con distintas carencias, creando nuevos conocimientos y saberes en procura del bien común.
• Voluntad política de los gobernantes y apertura al cambio, puesto que el presupuesto participativo le otorga mayor legitimación a las relaciones de poder entre el estado, los gobernantes y la ciudadanía, dado que su participación directa actúa como elemento moderador del poder, al generar un espacio donde prima la iniciativa y decisión popular.
Cláusula 5ta: "IMPLEMENTACION" (La cantidad de días estipulada figura a modo de sugerencia, no debiendo ser considerada condición sine qua non para la realización del proyecto)
PRIMERA ETAPA:
"INFORMACION Y ORGANIZACIÓN" (Primeros 60 días)
A) División territorial: al sólo efecto del PPIP el municipio quedará dividido territorialmente de la siguiente manera:
           Zona Barrial CENOR (Centro y Norte): quedará conformada con los radios de acción de la Vecinales Villa Diego Oeste, San Enrique, Triángulo y 11 de Junio, y las zonas lindantes a estas dos últimas.
• Zona Barrial SURES (Sureste): quedará conformada con los radios de acción de las Vecinales Tigre, Progreso, Parque Alegre, Mortelari y La Esperanza.
           Zona Barrial ÑORES (Noreste): quedará conformada con los radios de acción de las vecinales Proyecto Joven, Lavalle, Constancio C. Vigil, Intendente Andreu, 21 de Setiembre, Talleres Norte y Talleres Sur y zona lindante.
           Zona Barrial OESTE: quedará conformada con los radios de acción de las vecinales Arroyito, Coronel Aguirre, 14 de Enero, Cancha de Remo, Giglione, Nuevo Milenio, 2 de Abril, Alto Verde y San Francisco y la zona de influencia de algunas de ellas. Los ciudadanos de cada Zona Barrial estudiarán, debatirán y determinarán los proyectos considerados prioritarios para su zona
b) Determinación del lugar físico para las reuniones y Asambleas de Ciudadanos, se proponen los siguientes lugares públicos, los que podrán ser variados para comodidad de los ciudadanos con el consenso de los mismos
           Zona Barrial CENOR: Club LT3
           Zona Barrial SURES: Salón de usos múltiples previsto para Centro Asistencial FO.NA.VI.
           Zona Barrial ÑORES: CIC 20 de Junio, Casa de la Cultura o Cine Avenida
           Zona Barrial OESTE: CIC Itatí
c)         Publicidad: El Departamento Ejecutivo Municipal llevará a cabo la publicidad del presente proyecto, comenzando por las Vecinales y luego realizando una campaña de difusión masiva, procurando el más amplio conocimiento de la población, sensibilizando y motivando a los ciudadanos a participar, para la toma de conciencia del rol fundamental que cumplirán a partir de la sanción de la presente. Asimismo, se deberán contemplar actividades de presentación de los objetivos, principios, división territorial, impacto social, como la visualización de las distintas etapas del proceso de presupuesto participativo.
d)         Equipo Técnico y Facilitador: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá conformar un equipo de trabajo con personal perteneciente a la planta permanente municipal, para el asesoramiento, capacitación y acompañamiento de los ciudadanos, en el cabal conocimiento de la presente y con el fin de materializar una idea en proyecto y el proyecto en acción concreta, a efectos de cumplir en tiempo y forma con los mismos, formalizando las propuestas votadas en las Asambleas. Dicho equipo deberá conformarse con un técnico (Personal del tramo superior) y un facilitador por Secretaria, de manera tal de asegurar la continuidad de los proyectos votados y la sustentabilidad del sistema. Una vez iniciado como trámite, se elevará al Departamento Ejecutivo Municipal, para sus correspondientes estudios de falibilidad y/o aprobaciones.
e) Diagnóstico de la situación de cada Zona Barrial: a los efectos de la aplicación del principio de justicia distributiva y equidad, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá efectuar un completo informe para establecer el Grado de Necesidades de cada zona. A tal efecto, se deberá tener en cuenta, principalmente, los datos relevados en el próximo Censo Nacional, que nos aportarán datos estadísticos, como así también todos los datos aportados por la Secretaria de Desarrollo Social, teniendo en cuenta elementos indicadores como: cantidad de población (según plano de la división territorial efectuada para el PPIP); necesidades básicas insatisfechas: tipología de viviendas; promedio de educación; presencia de centros de salud, comedores comunitarios; tipo de servicios (calles de tierra, estabilizado, asfalto, cordón cuneta, etc.) y todo otro dato que considere relevante. Para este diagnóstico, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá establecer criterios objetivos, con el fin de medir las necesidades sociales de cada zona barrial, con el fin, de lograr distribuir el PPIP de manera directamente proporcional al grado de necesidad. Cumplimentado el diagnóstico de la situación, deberá remitirse al Concejo Deliberante hasta el día 20 de Noviembre de 2013, a fin del estudio y aprobación de los porcentajes correspondientes para cada zona barrial.
SEGUNDA ETAPA:
"INICIO DE LAS ASAMBLEAS BARRIALES" (Siguientes 120 días)
a) Primera Asamblea a llevarse a cabo en todas las zonas barriales: se establecerá un cronograma en la primera quincena del mes de Marzo de cada año, en donde asistirán representantes del Departamento Ejecutivo, del Concejo Municipal y el Equipo Técnico y Facilitador del PPIP a efectos de dar a conocer el presente proyecto, explicar situaciones relativas al presupuesto municipal como así también el porcentaje correspondiente al PPIP y el correspondiente a su zona barrial y canalizar todas las dudas de los ciudadanos. Esta Asamblea será convocada a instancia de cada Vecinal perteneciente a la zona barrial correspondiente y con el apoyo en la difusión que realizará el Departamento Ejecutivo Municipal.
Esta primera Asamblea es de vital importancia, porque, además de dar todas las explicaciones concernientes a la implementación del sistema de presupuesto participativo en la ciudad, se les propondrá a los ciudadanos presentes, la votación (por mayoría simple) de los miembros que integrarán la "Junta Representativa Zonal". Dicha Junta estará compuesta por cuatro representantes de la Zona Barrial, y con el fin de asegurar el enfoque de inclusión de género, deberán ser dos mujeres y dos hombres, los que serán elegidos por mayoría simple de los ciudadanos presentes. Cualquier ciudadano presente en la Asamblea, con los únicos requisitos de ser mayor de 16 años y residir en la Zona Barrial (acreditado con el D.N.I. o Cédula de Identidad) podrá proponerse libre y voluntariamente como candidato a formar parte de la Junta. Los miembros de la Junta Representativa Zonal son los representantes de los ciudadanos de esa Zona del PPIP y quienes mantendrán el contacto directo con las autoridades para la concreción de las propuestas votadas. La remoción o el cese en las funciones de los miembros de la Junta Representativa, se decidirá solamente en Asamblea de Ciudadanos reunidos a ese fin.
b) Asambleas de Ciudadanos y rol de la Junta Representativa Zonal: a partir de la 2a quincena del mes de Marzo y durante los meses de Abril, Mayo y Junio de cada año, cada Junta Representativa Zonal, preparará un cronograma de Asambleas de Ciudadanos, que como minimo serán tres, en donde realizarán una amplia difusión para lograr la mayor participación ciudadana posible. En esas Asambleas los ciudadanos libre y voluntariamente tendrán la posibilidad proponer e intercambiar ideas, debatirlas, estudiarlas, procurando tener en cuenta su posibilidad de concreción dentro del monto estimado para su zona.
Las Asambleas lograrán quorum con un mínimo de 20 vecinos. Podrán votar todos los vecinos mayores de 16 años, que tengan su domicilio legal en la Zona Barrial (acreditado con D.N.I. o Cédula de Identidad). Las votaciones siempre son por mayoría simple de los ciudadanos presentes, incluyendo a los miembros de la Junta Representativa Zonal, quienes deberán llevar un Libro de Actas en todas las Asambleas Zonales, especificando los datos de los vecinos presentes, con sus firmas y resumen del desarrollo dé la misma. . La Junta Representativa Zonal establecerá el modo de implementar la votación que consideren más transparente. Además podrá ser asistida, para realizar gestiones, desarrollar temas, en la preparación de proyectos, etc. por ciudadanos colaboradores, con el único requisito de dejar constancia en actas de esta circunstancia y de los datos del ciudadano colaborador, que también deberá pertenecer a la Zona Barrial correspondiente.
En la última Asamblea Zonal (antes de culminar el mes de Junio), de todas las propuestas debatidas, se votarán hasta 3, asignándoles la prioridad según los votos de cada una, hasta tanto se tengan firmes los proyectos con sus presupuestos y estudio de factibilidad y análisis por las autoridades municipales, que determinarán si es viable la concreción de todos, según el monto asignado a la Zona, o se priorizará la concreción del o los más votados. Podrán requerir la presencia del Equipo Técnico y Facilitador para el asesoramiento, los cuales tendrán voz pero no voto.
Durante toda esta etapa de Asamblea de Ciudadanos, es esencial el acompañamiento a los mismos que deberán realizar los miembros de las Juntas Representativas Zonales, a los fines de proponer ideas que sean factibles de ejecución, estableciendo parámetros de priorización de los mismos, como por ejemplo, no superar el presupuesto otorgado para la zona; que sean de mayor impacto social, que se encuentren dentro de una planificación a concretarse en los futuros PPIP, etc., asumiendo además un rol moderador de la Asamblea de Ciudadanos. Para ello podrán requerir siempre el asesoramiento del Equipo Técnico y Facilitador.
Además, durante esta etapa, la Junta Representativa y ciudadanos colaboradores, si así lo acordaran, podrán reunirse cuántas veces consideren necesario, con el fin de avanzar en los distintos detalles de las ideas propuestas, como por ejemplo; propiedad del lugar donde se propuso la ejecución de una obra; si se trata de ideas de competencia municipal; cantidad de habitantes a los que beneficiaría esa propuesta; si no existen en la zona proyectos similares; los que son de mayor urgencia, etc. con el sólo fin de orientar a los ciudadanos de la zona a la que representan, sobre lo más conveniente en términos de oportunidad, beneficiarios y urgencia, priorizando el Bien Común, de manera tal, que al realizarse la última Asamblea, los ciudadanos efectúen su voto teniendo un amplio panorama de conocimiento sobre las distintas opciones propuestas en las Asambleas anteriores. Esta tarea realizada en las reuniones de las Juntas Representativas, será además facilitadora de la próxima etapa de "elaboración de los proyectos".

TERCERA ETAPA:
"ELABORACION DE PROYECTOS" (Siguientes 60 días)   
Cada Junta Representativa Zonal tendrá a su cargo la elaboración de los proyectos de las propuestas votadas como prioritarias por los ciudadanos. Para tal fin podrán recurrir a ciudadanos colaboradores para transformar las propuestas en proyectos formales. En esta etapa, recibirán el apoyo y acompañamiento del Equipo Técnico y Facilitador, quienes los capacitarán y les brindarán una guía para la formulación de proyectos.
Requisitos a tener en cuenta:
           El o los proyectos deberán ser elaborados por los ciudadanos, mediante la Junta Representativa Zonal según lo consignado más arriba. No es responsabilidad del Equipo Técnico y Facilitador la elaboración del proyecto ni su presentación en la fecha estipulada.
           Los proyectos deberán contener temáticas de competencia municipal.
           Podrá utilizarse el 100 % del monto asignado a la zona barrial para un solo proyecto, principalmente cuando se trate de infraestructura urbana o de servicios públicos.
           Si se presentaran varios proyectos, la sumatoria de los presupuestos totales de los mismos no podrá superar el monto asignado a esa Zona Barrial.
           Si se trataran de proyectos de refacción de alguna institución intermedia (ej. Club, Asociación Vecinal, etc.) el monto del proyecto no podrá superar el 50 % del monto asignado a la zona barrial. No podrán contemplarse proyectos dirigidos a otorgar becas, subsidios y/o beneficios a particulares.
           Todas las diligencias realizadas por la Junta Representativa Zonal y los ciudadanos colaboradores son ad honorem, no asumiendo el municipio pagos por ningún concepto.
           Cada proyecto deberá tener en cuenta el monto asignado a la zona y el modo de contratación de la Municipalidad, para lo cual recibirán el asesoramiento del Equipo Técnico y Facilitador como así también.
           Última semana de Agosto de cada año: último plazo para la presentación, ante las autoridades municipales, de todos los proyectos, debidamente conformados, y suscriptos por todos los miembros de la Junta Representativa de cada Zona Barrial.
CUARTA ETAPA
"ESTUDIOS DE PROYECTOS" (Siguientes 60 días)
Las autoridades municipales, deberán expedirse sobre la factibilidad y/o viabilidad de los proyectos hasta el día 20 de Octubre de cada año. Además deberán coordinar con las distintas Juntas Representativas de cada Zona Barrial, un cronograma de Asambleas de Ciudadanos, las que se llevarán a cabo durante la ultima semana de Octubre, con la participación de representantes del Departamento Ejecutivo, Concejo Deliberante y el Equipo Técnico y Facilitador.
En esta ultima Asamblea de Ciudadanos del año se les informará sobre el trabajo realizado por la Junta de Representantes Zonal, vecinos colaboradores, y autoridades municipales. Se los interiorizará del o los proyectos por ellos votados y sus costos, características, resultados de los estudios de factibilidad y toda otra información que requieran sobre ellos.
Quedarán firmes todos los proyectos que hayan superado los requisitos a tener en cuenta y que fueran considerados viables.
Los proyectos y los montos presupuestados, asignados a cada uno, serán incluidos en el Proyecto de Presupuesto Municipal que se remite al Concejo Deliberante anualmente.

"ETAPA FINAL" (Últimos 30 días)
En una jornada especial, se reunirán todas las Juntas Representativas de las Zonas Barriales y vecinos colaboradores con las autoridades municipales y del Concejo Deliberante a fin de realizar un balance de todo el trabajo llevado a cabo durante todo el año, y en especial, en el primer año de implementación del PPEP, y como se indicó en la Premisa del presente Anexo, siempre se accionará tendiendo a mejorar la presente norma, para el beneficio de toda la ciudadanía de Villa Gobernador Gálvez, procurando que los balances del año siguiente sean superadores del que le precedió.

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