viernes, 15 de marzo de 2013

GESTIONES PARA LA REPARACION Y PUESTA EN CONDICIONES DE LA RUTA 22-S

Autor del proyecto: Concejal Monte.
Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo gestione ante el Gobierno Provincial la reparación y puesta en condiciones de la Ruta 22-S. Exp. 4695/13.
VISTO
La Ley Nº 2.756,
El Decreto Nº 397/12 de este Cuerpo,
El estado actual de la Ruta 22-S, y
CONSIDERANDO
Que el tramo de la Ruta Provincial 22-S que atraviesa nuestra ciudad con el nombre "Av. Presidente Raúl Alfonsín" (Ord. Nº 1832/09) presenta un pronunciado estado de deterioro tanto en la calzada como en lo que se refiere a la banquina.
Que al ser dicha ruta de jurisdicción provincial se hace necesario gestionar ante las autoridades correspondientes el mantenimiento y reparación de la misma.
Que la mencionada ruta es una arteria fundamental tanto para el tránsito local como también para el tránsito pesado que atraviesa la ciudad dado que es una de las vías de acceso a la Autopista Rosario-Buenos Aires, además de ser un paso hacia la zona de las terminales portuarias.
Que, entonces, es imperiosa su puesta en condiciones, más aún en atención a los riesgos que su estado actual presenta para quienes la transitan.
Que, con fecha 13 de Septiembre de 2012, este Cuerpo ordenó oportunamente por Decreto Nº 397/12 gestiones ante la Dirección Provincial de Vialidad por el estado de la mencionada Ruta y que es deber del Departamento Ejecutivo llevar adelante las gestiones que el Concejo Deliberante solicite.
Por todo ello, el Concejal abajo firmante eleva para su posterior aprobación el siguiente proyecto de:

DECRETO
ART 1) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal gestionar ante el poder provincial la reparación y puesta en condiciones de la Ruta 22-S que atraviesa la ciudad con el nombre de "Av. Presidente Raúl Alfonsín" (Ord. Nº 1832/09).
ART 2) El Concejo Deliberante solicita asimismo se eleve un informe detallando el resultado de las gestiones encomendadas al Departamento Ejecutivo Municipal en el artículo precedente en un plazo no superior a los 10 días hábiles.







 
 

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