viernes, 14 de noviembre de 2014

30 Sesion Ordinaria 13 de noviembre 2014

Esta es una síntesis de la 30º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 13 de Noviembre de 2014. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Jorge Andrés Murabito, en Secretaria Facundo Iván Sarria.
Concejales presentes: Cabrol, Larrosa, Martinez, Cabrera, Mangiaterra, Garavano, Dolce y Leiva.



El Concejal Cabrol mociona para que se de ingreso al exp. 5234/14.
Se pone a consideración la moción:
Por la afirmativa: Murabito, Cabrol y Larrosa.
Por la negativa: Garavano, Cabrera, Mangiaterra, Dolce y Leiva.
Se abstiene: Martinez.
Se rechaza la moción.

Lectura del Orden del Día
Aprobación de Actas Nº 1.530; 1.531; 1.532 y 1.533.

                                               

PROGRAMA DE INCENTIVO PARA BUENOS CONTRIBUYENTES

Proyecto de Ordenanza, Creación del “Programa de Incentivo para buenos contribuyentes. Exp. 5400/14.
Autor del proyecto: Concejal Leiva.
Favorable con modificaciones.
El concejal Cabrol mociona que el expediente vuelva a comisión.
Se pone a consideración la moción.
Por la afirmativa: Murabito, Cabrol y Larrosa
Por la negativa: Garavano, Cabrera, Mangiaterra, Dolce, Leiva y Martinez.
Se rechaza la moción.
Puesto a consideración el punto se procede a la votación:
Por la afirmativa: Garavano, Cabrera, Mangiaterra, Dolce, Leiva y Martinez.
Por la negativa: Murabito, Cabrol y Larrosa
El texto dice:
ORDENANZA
ART. 1º) Créese el “Programa incentivo  para contribuyentes cumplidores”  consistente en la realización de un sorteo anual de 12 (doce) módulos de reparación de veredas,  en caso que el beneficiario posea la vereda en buenas condiciones y opte por recibir el beneficio según lo dispone el Art. 7º podrá  recibir el beneficio en forma de parquización y embellecimiento del espacio público, respetando la legislación vigente, entre aquellos contribuyentes de la Tasa General de Inmuebles Urbanos que no adeuden cuotas exigibles, al momento de la confección de la nómina mencionada en el Artículo 2°.
ART. 2°) Determínese la confección de la nómina de los contribuyentes que se encuentren en condiciones de participar del programa. La emisión de dicha nómina se efectuará en la segunda semana de febrero de cada año.
ART.3) Exclúyase de la nómina mencionada en el artículo precedente a los funcionarios municipales, entendiéndose por tales al Intendente, sus Secretarios y los Concejales.
ART. 4°) Establézcase que el sorteo referido en el Artículo 1° será de carácter público y se llevará a cabo en la segunda quincena del mes de marzo de cada año, ante Escribano.
ART. 5°) Publíquese la nómina de contribuyentes que resultaren favorecidos en el sorteo y, por ende, beneficiarios de un módulo, en el sitio web de la Municipalidad, en cada uno de los edificios y reparticiones municipales sin perjuicio de la utilización de otros medios de difusión.
ART. 6°) Efectúese la suscripción de un acta acuerdo con cada contribuyente favorecido, donde se establezcan las condiciones generales, el inicio y el plazo de ejecución de la obra.
ART. 7°) Establézcase que el contribuyente favorecido podrá ceder el beneficio a otro frentista  participante del programa o a una institución de bien público de la ciudad.
ART. 8°) Los incentivos no serán acumulables, no pudiendo un mismo contribuyente gozar de más de uno de ellos.
ART. 9°) Impútense los gastos que implique la implementación de la presente a la partida presupuestaria correspondiente.
  


SE ELEVE INFORME SOBRE LO ACTUADO EN LA ORDENANZA 2127/13; EJECUCION PAVIMENTO DE CARPETA ASFALTICA
Proyecto de Decreto, se eleve informe sobre lo actuado en la Ordenanza 2127/13. Exp. 5399/14.
Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y Jorge Murabito.
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Municipal Ejecutivo,  para solicitar que informe a través de la oficina técnica que corresponda,  los motivos por los cuales no se ha ejecutado el pavimento de carpeta asfáltica en caliente, de calles Junín de Int. Andreu a 17 de Octubre, Thompson de Alvear a 17 de Octubre, Colon de Maipú a Nogués, Pje. Fleming, Pje. Apolo, Pje. Baigorria, Pje. Grandoli y Pje. Díaz Vélez desde Santiago del Estero hasta Maipú
ART. 2º) Se otorga un plazo de 5 (cinco) días hábiles para cumplimentar lo solicitado en el punto anterior.




REGULARIZACION DE DEUDAS Y ATENCION DEL DEFICIT HABITACIONAL

Proyecto de Ordenanza, Regularización de deudas y atención del déficit habitacional. Exp. 5396/14.
Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Favorable con modificaciones.
Opinaron sobre el punto los concejales Murabito, Garavano, Dolce, Cabrol, Mangiaterra, Larrosa.
El Concejal Cabrol mociona que el expediente vuelva a comisión.
Se pone a consideración la moción:
Por la afirmativa: Murabito, Cabrol y Larrosa.
Por la negativa: Garavano, Cabrera, Mangiaterra, Dolce y Leiva.
Se abstiene: Martinez.
Se rechaza la moción.
Se procede a votar por artículos:
Se pone a consideración el art. 1º
Los concejales Murabito y Dolce proponen modificaciones. Se aprueban.
El artículo se aprueba por unanimidad.
Se pone a consideración el art. 2º
El artículo se aprueba por unanimidad.
Se pone a consideración el art. 3º
El Concejal Garavano propone que se agregue los artículos 3 bis y 3 ter. Se aprueban.
El artículo se aprueba por unanimidad.
Se pone a consideración el art. 4º
Los concejales Dolce y Murabito propone modificaciones. Se aprueban.
El artículo se aprueba por unanimidad.
Se pone a consideración el art. 5º
El artículo se aprueba por unanimidad.
El Concejal Murabito propone que se agregue el art. 6.
El Concejal Garavano propone que se incluya a los gobiernos Provincial y nacional en el art. 6. Se aprueban.
El artículo se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
ORDENANZA
ART.1º) Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal, a solicitar al Gobierno Nacional y al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (D.P.V y U), Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda de Santa Fe, mediante formal comunicación,  subsidios no reintegrable para afectar a las tierras en conflicto al día de la sanción de esta Ordenanza orientado a atender el déficit habitacional en nuestra ciudad.-
ART. 2º) Se establece un Régimen Especial de Regularización de deudas en concepto de Tasa General de inmuebles (TGI) para deudores que acrediten poseer bajos recursos económicos o grave situación económica y que adeuden al Fisco Municipal sumas de PESOS CINCO MIL ($ 5000.-) o más.-
ART. 3º) El plan de regularización de deudas previsto en el artículo precedente, no otorgará quitas ni condonaciones, y la cancelación de la deuda podrá efectuarse hasta en 60 cuotas mensuales, con un interés mensual que establecerá el Departamento Ejecutivo Municipal. –
ART.3 BIS)  El plan de Régimen Especial de Regularización de Deudas tendrá vigencia desde la fecha de sanción de esta Ordenanza hasta el 31/12/15.
ART.3 TER)  Las tres primeras cuotas pagadas en concepto de este Régimen Especial de Regularización de Deudas serán afectadas íntegramente al Inciso a)  del Art. 4º.
ART. 4º) Dispóngase la afectación de los fondos recaudados bajo el Régimen Especial de Regularización de Deudas, de la siguiente manera:
a)         El 40% será destinado a planes colectivos de viviendas y/o loteos sociales para grupos familiares de escasos recursos.
b)         El 30% será destinado a compra de loteos sociales cuyo beneficiarios serán los inscriptos en el Registro Único de solicitudes de viviendas y/o soluciones habitacionales dependiente del Departamento de Vivienda.
c)         El 30% restante será depositado en la cuenta Rentas Generales.
ART. 5º) Formúlense todas las modificaciones pertinentes a la Ordenanza Tributaria Municipal para hacer efectivo el objeto de la presente.-
 ART.6º) Créase una Comisión de Seguimiento de este Régimen Especial de Regularizaciones de Deudas integrado por: un (1) concejal representando a cada bloque,  dos (2) personas en representación de cada lugar en conflicto, un (1) representante del Departamento Ejecutvo Municipal e invitar a un (1) representante del Poder Ejecutivo Provincial y un (1) representante del Poder Ejecutivo Nacional en relación a los Ministerios de Viviendas y Urbanismos.




REPARACION SUMIDEROS FILIPPINI INTERSECCION SAN DIEGO; SAENZ PEÑA INTERSECCION OPICCI Y CUMPLIMIENTO DE DECRETOS Y ORDENANZAS

Proyecto de Decreto, Reparación sumideros calle Filippini intersección con Av. San Diego y Sáenz Peña intersección con Opicci y cumplimiento de Decretos y Minutas de Comunicación. Exp. 5398/14.
Autor del proyecto: Concejal Martinez.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1º) Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal la reparación de los sumideros ubicados en las intersecciones de Av. Filippini con Av. San Diego y en Sáenz Peña y Opicci, en un plazo no mayor a los cinco días hábiles de aprobado el presente decreto.
ART. 2º) El Concejo Deliberante reitera el pedido ante el Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a dar cumplimiento a los Decretos Nº 434/12; 499/13; 507/13; 534/13; 539/13; 611/14, 665/14 y a las Minutas de Comunicación Nº  1912/12 y 2013/13.

  



Video de la sesión

En la Web

Un Concejo junto a la gente

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