martes, 18 de noviembre de 2014

INTERES MUNICIPAL EL 25 DE NOVIEMBRE COMO “EL DIA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACION DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER”

Autor del proyecto: Concejal Dolce. 
 Proyecto de Declaración, Declarando de interés municipal el día 25 de noviembre como “El día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer”. Exp. 5407/14.
VISTO:
La Ley 2756,
La Resolución 48/104 de Naciones Unidas del 20 de diciembre de 1993 “Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer”,
La Resolución 54/134 de Naciones Unidas del 17 de diciembre de 1999 Declarando el 25 de Noviembre Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer,
La Ley Nacional 24.632 “Aprobación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer – Convención de Belém do Pará”
La Ley Nacional 26.485 “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”
La Ordenanza 2.078/12 “Adhesión a la Ley Nacional 26.485 Protección Integral a las Mujeres y Creación del Área de la Mujer", y
CONSIDERANDO QUE:
La Resolución 54/134 de Naciones Unidas declara el día 25 de Noviembre como “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”.
Esta fecha quedó establecida luego de haber sido promovida por las Feministas Latinoamericanas y del Caribe muchos años antes en homenaje a tres de las hermanas Mirabal, activistas políticas de la República Dominicana, asesinadas por la dictadura de Rafael Trujillo.
La Ley Nacional 26.485 define en su artículo 4º a la violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal.”
No debe confundirse violencia familiar con violencia hacia las mujeres, muchas veces usados erróneamente como términos análogos. El uso actual de Violencia Familiar para designar la violencia que se ejerce en el ámbito privado en donde la inmensa mayoría de las víctimas son mujeres y niñas y la mayoría de los agresores son varones, insiste en suponer que varones y mujeres estamos en igualdad de condiciones tanto en la posibilidad de ser víctimas de violencia como de ejercerla, desconociendo que la causa de la violencia sexista es la existencia de una sociedad donde las mujeres son discriminadas y subordinadas en todos los ámbitos. El concepto de “neutralidad de género” en relación a la violencia familiar,  es un concepto ya superado a partir de la sanción de la Ley 26.485, que incorporó en nuestra legislación interna el concepto de violencia hacia las mujeres de la Convención de Belén Do Pará.
Reafirmando lo anteriormente citado, la Resolución 54/134 de Naciones Unidas reconoce que “la violencia contra la mujer constituye una manifestación de unas relaciones de poder históricamente desiguales entre el hombre y la mujer, que han conducido a que el hombre domine a la mujer y discrimine contra ella, impidiendo su adelanto pleno, y que la violencia contra la mujer es uno de los mecanismos sociales fundamentales por los que se reduce a la mujer a una situación de subordinación respecto del hombre”.
A nivel internacional, la Organización Mundial de la Salud en su informe de 2013 sobre violencia contra la mujer concluye que la misma “…no se trata de un pequeño problema que sólo afecta a algunos sectores de la sociedad, sino más bien de un problema de salud pública mundial de proporciones epidémicas”.
En nuestro país, las estadísticas de femicidios, que son el último eslabón de la cadena de actos violentos contra las mujeres y los que toman mayor relevancia y visibilidad para la sociedad por su crudeza, indican que hay un femicidio cada 30 horas, lo que constituye un aumento del 16% con respecto al año 2012.
El 63 % de estos asesinatos fueron perpetrados por parejas o ex parejas, por lo que el seno de la familia, el propio hogar y el círculo de personas más cercano a la víctima de violencia de género siguen siendo los lugares más peligrosos para ella.
Estos relevamientos se siguen realizando a través de la acción de ONGs como “La Casa del Encuentro”, que toma la información de los medios de comunicación para realizar las estadísticas que presenta. Es decir, la verdadera dimensión de los femicidios aun no se conoce al no realizarse un relevamiento integral desde el mismo Estado Nacional, que debería estar haciéndolo a través del Observatorio de la Violencia Contra las Mujeres, creado por el artículo 12º de la Ley Nacional 26.485 y aun sin funcionamiento.
Nuestra ciudad no es ajena a la problemática, agudizándose las situaciones de violencia contra las mujeres al no abocarse desde el Estado Municipal mayores recursos.
Si bien la sanción de la Ordenanza 2078/12 le dio herramientas al municipio a través de la creación del Área de la Mujer, la adhesión a la Ley Nacional 26.485 y facultando al Departamento Ejecutivo para que disponga y reasigne partidas presupuestarias a fin de poner en marcha lo que aquella ordenanza preveía, aún falta un largo tramo por recorrer, faltando inclusive que desde la Intendencia dispongan de espacios físicos para refugiar transitoriamente a aquellas mujeres víctimas de violencia de género.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

DECLARACIÓN

ART. 1°): Declárese de Interés Municipal la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer el día 25 de Noviembre, con la clara intención de sensibilizar a la población respecto del problema de la violencia contra la mujer.


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