martes, 13 de abril de 2010

AUTORIZACION CONTRATACION EN FORMA DIRECTA A BENITO ROGGIO E HIJOS SA – ROVELLA CARRANZA – UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS Y COMO CONTRAPRESTACION SE SOLICITA EL REACONDICIONAMIENTO, LA REFUNCIONALIZACIÓN Y LA REAPERTURA DEL ÁREA DE MATERNIDAD EN EL HOSPITAL “DR. ANSELMO GAMEN”

Autor del proyecto: Concejal Fraccaroli.

Proyecto de Ordenanza, para autorizar al Departamento Ejecutivo a contratar en forma directa a Benito Roggio e Hijos S.A. – Rovella Carranza – Unión Transitoria de Empresas-  . Exp. 3753/10.
“En los considerandos del Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Expediente Nº 3669/09 se expresa, entre otras cuestiones, que “el proyecto de mejora del vertedero surge a partir de la posibilidad de la obtención de recursos que propone al Municipio la UTE ROGGIO-ROVELLA CARRANZA que esta realizando las tareas de remodelación y mantenimiento de la Av. De Circunvalación de la ciudad de Rosario, solicitando el intercambio de tierra para relleno y el uso de las cavas existentes para verte áridos e inertes, la construcción de un alcantarillado en el camino de acceso al vertedero y un tractor sobre oruga marca New Holland modelo R170 cero Kilómetro para trabajo en el predio”.
“El proyecto es relevante para la mejora y el saneamiento del lugar por el tiempo que lleva de funcionamiento y la cantidad de residuos que recibe diariamente. Que es urgente dar cumplimientos a la resolución 0128/04 de la Secretaria de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe en cuanto al ordenamiento y disposición de los materiales dispersos en el basural a cielo abierto. Por otra parte, es indispensable la realización de esta obra por motivos de Ecología e Higiene, que preserven el Medio Ambiente de nuestra ciudad y redunden en definitiva en beneficio de la Salud de la población”.
Que es un reclamo largamente postergado de nuestra ciudadanía volver a contar con un Area de Maternidad en el Hospital “Dr. Anselmo Gamen”, porque los hijos de Villa Gobernador Gálvez tienen el derecho de nacer en su ciudad.
Que aun cuando surgiera con carácter de contraprestación, seria un excelente antecedente para la puesta en practica de un Programa de Responsabilidad Social Empresaria que una obra del calibre de la que se presenta en el Expediente 3669/09 elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal incluya entre las obligaciones de la Empresa contratada una acción de fuerte contenido social y territorial como es el reacondicionamiento, la refuncionalización y la reapertura del Área de Maternidad del Hospital “Dr. Anselmo Gamen” de la ciudad.
Que siendo expresamente el destino de la tierra extraída por la Empresa contratada la ampliación y construcción de una tercer carril para la Av. Circunvalación de la ciudad de Rosario, y teniendo en cuenta que dicha obra beneficia solo de manera muy tangencial a nuestra ciudad, seria importante contar con una obra que se emplace efectivamente en el tejido urbano de nuestra ciudad y redunde directamente en beneficio de nuestros ciudadanos.
Por el art. 1º se autoriza al “Departamento Ejecutivo a contratar en forma directa con “BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. – ROVELLA CARRANZA – UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS” para la realización de la obras previstas en el convenio que como anexo fuera adjuntado al Expediente 3669/09, prescindiendo de los mecanismos del concurso de precios, licitación publica y/o privada”.
Por el art. 2º se solicita “una nueva redacción del convenio a suscribir con la empresa mencionada en el art. 1 de la presente Ordenanza adjuntando al Expediente 3669/09 que incluya como contraprestaciones, según los Vistos y Considerandos de la presente, el reacondicionamiento, la refuncionalización y la reapertura del Área de Maternidad en el Hospital “Dr. Anselmo Gamen” a cargo de la Empresa mencionada”.
Por el art. 3º se “faculta al Intendente Municipal a suscribir con la Empresa antes mencionada el convenio correspondiente redactado según el art. 2, como asimismo a realizar todos los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de dicho compromiso”.
 

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