jueves, 5 de junio de 2014

Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social al 04 de junio 2014

Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social.
                 

BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

Autor del proyecto: Concejal Dolce.
                                               
SUSPENSION aplicación ORDENANZA 2109/13 (DERECHOS PUBLICIDAD Y PROPAGANDA)
Proyecto de Ordenanza, Suspension aplicación Ordenanza 2109/13 (Derechos Publiciad y Propaganda). Exp. 5191/14.
VISTO:
La Ley 2.756,
La Ordenanza 2109/13, “Modificación Ordenanza Tributaria y Código Tributario, sobre Derechos de Publicidad y Propaganda”, y
CONSIDERANDO QUE:
                       Con el fin de establecer un nuevo canal de ingresos de fondos a las arcas municipales, el Concejo Deliberante aprobó en 2013 la Ordenanza N° 2109 que establece modificaciones en el Código Tributario Municipal para mejorar la recaudación por Derecho de Publicidad y Propaganda.
Ha trascendido que el Departamento Ejecutivo Municipal con el fin de aplicar esta Ordenanza, ha designado de manera unilateral a un privado que estaría a cargo de la implementación del control y/o relevamiento de las empresas, negocios, comercios e instituciones que se ven implicadas en la ordenanza antedicha y a los efectos de su aplicación.
El Concejo Deliberante no fue notificado, consultado ni puesto en conocimiento de dicha designación, por lo que sería necesario que desde la Intendencia se envíe la información necesaria a los fines de conocer el modo de selección de dicha empresa, la forma de pago y todas las condiciones del acuerdo.
Además,  la implementación de esta Ordenanza puede causar problemas legales a futuro contra la Municipalidad, teniendo como consecuencia una pérdida económica a los villagalvences que deberán afrontar con sus impuestos el pago de posibles condenas por la misma.
Luego de la aprobación, se han conocido fallos de distintos niveles del Poder Judicial contra municipios que aplicaron este denominado “impuesto” que los municipios no estarían en condiciones de cobrar.
Así mismo, es necesario analizar los nuevos elementos para sancionar una Normativa superadora que regule el uso de la publicidad y que la misma se encuentre bajo los parámetros de las legislaciones superiores vigentes.
Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleva al resto del cuerpo para su  tratamiento el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

ART. 1º): Suspéndase la aplicación de la Ordenanza 2109/13 por el plazo de 10 días, a los efectos de analizar la documentación surgida posterior a la sanción de la misma.
ART. 2º): El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que proceda a informar, en el plazo 3 días hábiles desde la aprobación de la presente, sobre la designación de una empresa privada responsable del relevamiento y control de los comercios, negocios, empresas, etc., que se ven implicados en el cumplimiento de la Ordenanza 2109/13. De ser afirmativo, elevar en el mismo plazo la siguiente información:
·                    Razón social de la firma designada, CUIT, responsable legal.
·                    Copia del contrato celebrado entre las partes.
·                    Toda información que resultase importante con respecto a lo solicitado.




www.concejovgg.com.ar
concejodeliberantevgg.blogspot.com           



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