viernes, 14 de marzo de 2014

1º Sesion Ordinaria 2014 13 de marzo 2014



Esta es una síntesis de la continuación de la 1º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 12 de Marzo de 2014. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Jorge Andrés Murabito, en Secretaria Roberto Leiva.
Concejales presentes: Cabrol, Larrosa, Martínez, Mangiaterra, Cabrera, Garavano, Dolce y Murabito, María.


El Presidente del Concejo hizo un resumen de la apertura de las sesiones ordinarias.
El Concejal Garavano opino sobre punto.
El Concejal Dolce mociona que sobre tablas que ingresen los expedientes 5048/14 y 5054/14 para que sean tratados en la sesión . Se aprueban su ingreso y pasan a ubicarse como últimos puntos de la Orden del Dia.


RESTITUCION PLACA CONMEMORATIVA A JORGE AGUSTIN NASTTA EN EL ANFITEATRO DE LA PLAZA A LA MADRE

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Decreto, para que se restituya la placa en memoria del Sr. Jorge Agustín Nastta en el Anfiteatro de la Plaza a la Madre. Expte. Nº   5007/14. Autor del proyecto: Concejal Martínez
Favorable.
El Concejal Martinez opino sobre el punto.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que restituya la placa en memoria del Sr. Jorge Agustín Nastta en el escenario mayor del Anfiteatro Plaza a la Madre, en las condiciones establecidas en la ordenanza nro. 1.876/2.009.



modificación sentido circulación calle Sarmiento entre Mitre y Mosconi (doble mano) y colocación de reductores de velocidad en el sector

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Ordenanza, modificación sentido circulación calle Sarmiento entre Mitre y Mosconi (doble mano) y colocación de reductores de velocidad en el sector. Expte. Nº 5015/14. Autor del proyecto: Concejal Martínez
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

ORDENANZA
ART.1º) Modificase el sentido de circulación de calle Sarmiento en el tramo comprendido entre Av. Mitre y Mosconi quedando toda extensión de la arteria doble mano.
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación de reductores de velocidad (líneas auxiliares de reducción de velocidad o bandas ópticas sonoras) en las condiciones estipuladas en el anexo L de la Ley de Tránsito Nro. 24.449 y su Decreto Reglamentario Nro. 779/95 o en el Mensaje Circular de la Gerencia de Obras y Servicios Viales de la Dirección Nacional de Vialidad Nro. 4408/2007. Los mismos estarán dispuestos:
ü  Sobre calle Mosconi antes de llegar a la intersección con Sarmiento;
ü  Sobre calle Sarmiento antes de la intersección con calle Garibaldi.
ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque las señales pertinentes en el lugar.


PROGRAMA DE REGULARIZACION DOMINIAL PARA GUARDERIAS NAUTICAS

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Ordenanza, Programa de Regularización dominial para Guarderías Náuticas y afines. Expte. Nº 5017/14 y Expte. Nº 4708/13. Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa, J. Murabito, María C. Murabito y Martínez
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

ORDENANZA
ART.1º) Instruméntese un Programa de Regularización Dominial para los ocupantes de inmuebles urbanos que utilicen y/o usufructúen el inmueble como Guardería de lanchas a motor y/o motos de agua y/o cualquier tipo de embarcación a vela motor o remo, utilizada en espejos de agua.
ART.2º) Contribuyentes y responsables: A todos los efectos emergentes de la presente ordenanza se designa como contribuyentes y obligados al pago de tributo, tasas municipales, impuestos provinciales y/o nacionales y derechos, entendiéndose por este último como las obligaciones fiscales que se originen como consecuencia de actividades sujetas a inscripción, habilitación, inspección, permiso, licencia, u ocupación de espacio público, y en general, de toda otra actividad que implique el ejercicio del poder de contralor del Municipio, al propietario o poseedor a titular de dueño del inmueble, como lo dispone el Código Tributario de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez; (Ordenanza 1415/99), véase también (Ordenanza Tributaria 1608/04) artículos 19°,20° y 21°.
ART.3º) El locatario asume la obligación de obtener los permisos, autorizaciones y/o habilitaciones municipales, provinciales y/o nacionales necesarios para desarrollar su actividad, haciéndose responsable por las consecuencias.
ART.4º) Conservación: El contribuyente, propietario o dueño del inmueble, estará obligado al cuidado y conservación de dicha propiedad, tanto sea su aspecto edilicio como así también de los espacios  verdes embarcados dentro de su propiedad.
ART.5º) El propietario del inmueble deberá contratar un seguro civil por daños, que abarque robo, incendio y de seguridad integral de las personas físicas que se hallen dentro del mismo y periferia externa. El propietario estará obligado a disponer dentro de su dominio, las siguientes normas y reglas de seguridad, que constan en salida de emergencias, matafuegos en condiciones de uso, instalaciones eléctricas en condiciones, luz de emergencia, control de plagas y roedores, plan de evacuación de emergencia y un control de efluentes.


INFORME SOBRE LA DIRECCION DE TRANSITO MUNICIPAL

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Decreto, solicitando informe general sobre la Dirección de Tránsito Municipal. Expte. Nº   5025/14. Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al   D.E.M. para solicitar que por intermedio de la Dirección de Tránsito Municipal informe:
a)       detalle de la composición de dicho cuerpo, indicando cantidad de agentes de control de tránsito afectados a la via pública, horario que cumplen, turnos en los que se dividen, rango que poseen y funciones y atribuciones designadas en cada caso.
b)      Cantidad de actas de infracción labradas a partir de Enero 2012 a la fecha agrupadas  según tipo de vehículos, tipo de infracción. Con o sin remisión al corralón municipal. Forma de resolución del conflicto
c)      Cantidad de infracciones sancionadas con multas, importes de multas fijadas por el Juez interviniente, importes efectivamente ingresados a las arcas municipales en concepto de faltas y/o infracciones de tránsito.
d)      Cantidad y tipo de vehículos depositados en el Corralón municipal y antigüedad del depósito en cada caso.
e)      Disponibilidad de espacio o posibles locaciones a efectos de implementar nuevos operativos que secuestren más vehículos.
f)    Informe sobre medidas de seguridad  implementados en el predio del Corralón Municipal tendientes a salvaguardar los vehículos remitidos, esto es cámaras de video, almacenamiento de datos, operadores de cámaras, sereno, guardia de seguridad,  y toda medida asegurativa que brinde protección en bienes sujeto a guarda del municipio y por lo que debe responder. 
g)     Informe sobre cantidad de vehiculos denunciados en sede policial por sus titulares


DECLARACIÓN DE INTERÉS CULTURAL ESCUELA PARTICULAR INCORPORADA N° 1316 "SAN FRANCISCO DE ASIS"

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Declaración, Declarando de Interés Cultural el vigésimo quinto aniversario de la fundación de la Escuela Particular incorporada Nº 1316 “San Francisco de Asís”. Expte. Nº   5049/14. Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa, J. Murabito, María C. Murabito y Martínez.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

DECLARACION
ART.1º) Declárase de Interés Cultural la celebración del vigésimo quinto aniversario de la fundación de la Escuela Particular Incorporada Nº 1316 “San Francisco de Asis”, a realizarse el día 13 de Marzo 2014, en el predio Institucional de Calle Oran 1137.-


CREACION OFICINA O DELEGACION OFICIAL PROVINCIAL PARA EL FUNCIONAMIENTO DE UN FISCAL

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Ordenanza, para la creación de una oficina o delegación oficial de la Justicia Provincial para el funcionamiento de un Fiscal del Ministerio Publico de la Acusación en nuestra ciudad. Expte. Nº 5047/14.   Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Favorable.
El Concejal Garavano mociona para que se elimine el art. 3. Se aprueba.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

ORDENANZA
ART. 1º) Declárase la necesidad de la apertura o instalación, en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, de una Oficina o Delegación Oficial de la Justicia Provincial, para el funcionamiento de un Fiscal del Ministerio Público de la Acusación, para el desarrollo de las actividades y responsabilidades que le son impuestas por el Código Procesal Penal de Santa Fe en vigencia, Ley 12.734.
ART. 2°) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar, ante el Poder Judicial de la Provincia, Fiscal General, Fiscal Regional con asiento en la ciudad de Rosario, y el Superior Gobierno de Santa Fe, lo previsto en el artículo precedente, pudiendo suscribir, ad referéndum de este Cuerpo Deliberante, todos los instrumentos y acuerdos que fueran menester para la consecución de dichos objetivos.
ART.3°) Si fuere alcanzado con éxito el cometido impuesto en la presente norma, deberán convocarse a las Asociaciones Vecinales de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, y a la CAS, para articular con sus Directivos, el Municipio y el Ministerio Público de la Acusación, previa anuencia de este Organismo, y en la medida en que la Ley lo permita, protocolos y mecanismos para la participación ciudadana y de colaboración con la Justicia Penal para lograr la Paz Social en nuestra ciudad.


APERTURA DEFENSORIA GENERAL ZONAL

DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Proyecto de Ordenanza, se solicite ante el Sr. Procurador General de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe la apertura en nuestra ciudad de una dependencia judicial para el funcionamiento de Defensoría General Zonal. Expte. Nº 5050/14. Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

ORDENANZA
ART.1º) Formule, el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL de Villa Gobernador Gálvez, ante el Sr. Procurador General de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, formal pedido de apertura en nuestra ciudad, de una Dependencia Judicial para el funcionamiento de DEFENSORIA GENERAL ZONAL, la que brindará, a nuestros ciudadanos, el servicio público jurídico/legal, con los alcances, funciones y facultades previstos por la Ley Provincial Orgánica de Tribunales N° 10.160.
ART.2º)  A fin de completar el cometido consignado en el articuló precedente, autorícese al Intendente Municipal a suscribir, ad referéndum de este Cuerpo Deliberante, todos los instrumentos y acuerdos que fueran menester.



SE INFORME SOBRE LO RECAUDADO POR FON.DE.PRO AÑOS 2012, 2013 Y LO TRANSCURRIDO EN EL 2014 Y RENDICIONES DE CUENTAS SOBRE LO GIRADO A FUERZAS DE SEGURIDAD Y BOMBEROS VOLUNTARIOS

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Decreto, se informe sobre lo recaudado en concepto de FON.DE.PRO, rendiciones de cuentas sobre el 25% asignado para las fuerzas de seguridad y el 25% a la Asoc. De Bomberos Voluntarios año 2012, 2013 y lo transcurrido del 2014. Expte. Nº 5019/14. Autor del proyecto: Concejal Martínez
Favorable.
Los Concejal Dolce y Martinez opinaron sobre el punto.
El Concejal Dolce mociona que se agregue al articulo “el 40% para la Asociación de Comercio e Industria y el 10% para el Area Industrial Oficial de Desarrollo de Villa Gobernador Gálvez”. Se aprueba.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, eleve un informe detallado sobre lo recaudado en concepto de FON.DE.PRO. y las rendiciones de cuentas presentadas sobre el 25% asignado para las fuerzas de seguridad, el 25% para la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez, el 40% para la Asociación de Comercio e Industria y el 10% para el Area Industrial Oficial de Desarrollo de Villa Gobernador Gálvez, en el año 2012, 2013 y lo transcurrido del 2014.



INTERPELACION A SECRETARIOS DE HACIENDA, OBRAS PUBLICAS Y GOBIERNO

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION, PRESUPUESTO Y HACIENDA Y OBRAS PUBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, Interpelación a Secretarios de Hacienda. Obras Publicas y Gobierno. Expte. Nº   5040/14. Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa, J. Murabito, María C. Murabito y Martínez.
Favorable.
El Concejal Dolce mociona que se agregue al articulo 2 en la parte de Obras y Servicios Publicos  como inciso d- Informe sobre el cumplimiento del Decreto Nº 362/12.
Se pone a consideración la moción:
Votan afirmativamente: Murabito, J.; Dolce, Murabito, M.; Larrosa, Cabrol y Martinez.
Negativamente: Garavano, Cabrera y Mangiaterra.
Puesto a consideración el punto se procede a la votación:
Votan por la aprobacion: Murabito, J.; Dolce, Murabito, M.; Larrosa, Cabrol y Martinez.
Por la Negativa: Garavano, Cabrera y Mangiaterra.

El texto dice:
DECRETO
ART. 1°)  El Concejo Deliberante cita al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de los Secretarios de Hacienda, de Obras Públicas y de Gobierno, brinde a este Concejo Deliberante en forma personal; un informe pormenorizado respecto de los temas expuestos en los considerandos y se brinde respuesta a las inquietudes y requerimientos de los Señores Concejales.
ART. 2°) El Departamento Ejecutivo Municipal  deberá responder y documentar:
A- En materia de Hacienda:
a-                Las falta de trasferencias de los fondos para el correcto funcionamiento de este Concejo Deliberante.
b-                Fondos de Gas natural
c-                FAE. (fondo de asistencia educativa) 2.1.1/01.01.05.00 F.A.E.
d-                Fon.de.pro.
e-                Informes mensuales sobre la emergencia económica.
             B- En materia de Obras y Servicios Públicos.
a-                Obras realizadas en el año 2013 con los fondos de aliviadores y desagües determinar, sectores precisos.
b-                Lugar o lugares precisos donde se encuentran las obras realizadas de gas.
c-                En qué situación se encuentra el programa pro.me.ba progra de mejoramiento barrial.
d-                Informe sobre el cumplimiento del Decreto Nº 362/12.
             C – En materia de Gobierno
                        a-                Detalles de gestiones  en materia de seguridad, pasos a seguir.
b-                Estadística de los crímenes dolosos de la jurisdicción.
c-                Estado de gestiones para una nueva comisaría, para los barrios mortelari y la esperanza. .
d-                Situación actual de guardia urbana municipal.
e-                Situación actual de la comisión de apoyo a la  seguridad.
 ART. 3°) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá presentarse en forma personal y pública  en sala del recinto del Concejo Deliberante, dentro de un plazo de  cinco días  hábiles,  de ser sancionado este decreto.


INFORME SOBRE EL ESTADO DE LAS GESTIONES ANTE LA DIR. PROV. DE VIALIDAD SEGÚN DECRETO 397/12

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION Y OBRAS PUBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, se informe sobre el estado de las gestiones realizadas ante la Dirección Provincial de Vialidad, según Decreto Nº 397/12. Expte. Nº 5020/14. Autor del proyecto: Concejal Martínez
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART.1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, remita a este cuerpo, en un plazo no superior a los 10 (diez) días corridos contados a partir de la aprobación de este decreto, un informe sobre el estado de las gestiones realizadas ante la Dirección Provincial de Vialidad solicitadas en el Decreto Nro. 397/12


RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO DE PARTOS

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION Y SALUD PUBLICA, Proyecto de Decreto, gestionar ante el Ministerio de Salud Provincial  el restablecimiento del Servicio de Partos en el Hospital Anselmo Gamen. Expte. Nº 5016/14. Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Favorable.
Los Concejales Dolce, Mangiaterra,  Garavano, Cabrol, Cabrera, Martinez opinaron sobre el punto.
El Concejal Larrosa solicito permiso para retirarse de la sesión por un problema urgente.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART.1º) Realícense las gestiones correspondientes frente al Ministerio de Salud provincial con la finalidad de restablecer el Servicio de Partos en el Hospital Anselmo Gamen.



CLAUSURA DE LA EMPRESA DE GRASA BOVINA UBICADA EN NOGUES ENTRE 17 DE OCTUBRE Y PJE MUSTO

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION, SALUD PUBLICA Y PLANEAMIENTO Y URBANISMO, Proyecto de Decreto, clausura de la empresa de grasa bovina ubicada en calle Nogues entre 17 de Octubre y Pje Musto. Expte. Nº   5023/14. Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, realice las acciones pertinentes para que garantice las medidas correspondientes a fin de dar cumplimiento con las disposiciones emanadas del Juzgado de Faltas local con respecto a la clausura de la empresa de grasa bovina ubicada en calle Nogués entre 17 de Octubre y Pje. Musto.
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal evaluará las sanciones correspondientes al titular o titulares del establecimiento por funcionar sin los permisos correspondientes.
ART.3º) El Departamento Ejecutivo Municipal asesorará sobre las zonas permitidas para una posible reubicación, la cual garantice los puestos laborales.


PROGRAMA DE REGULARIZACION DOMINIAL

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION, ACCION SOCIAL Y PLANEAMIENTO Y URBANISMO, Proyecto de Ordenanza, Programa de Regularización Dominial. Expte. Nº 5018/14. Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa, J. Murabito, María C. Murabito y Martínez.
Favorable.
El Concejal Cabrol opino sobre el punto.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

ORDENANZA
ART.1º) Instruméntese un Programa de Regularización Dominial para los ocupantes de inmuebles urbanos informales de propiedad de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
ART.2º) Las estrategias de intervención del mencionado programa se enmarcan en los lineamientos generales previstos en los artículos 11 y artículo 39 inciso 51 de la Ley Orgánica de Municipios y Comunas N° 2756.
ART.3º) Los individuos o grupos familiares que habiten en terrenos municipales y que le hayan dado destino de casa de habitación única y permanente, deberán acreditar dicha posesión efectiva, ininterrumpida, publica y pacífica de dichos predios con anterioridad a sesenta (60) meses de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, a fin de facilitar el acceso a la propiedad de la tierra a través del régimen de fomento que permita la venta de inmuebles del dominio Municipal.
ART.4º) Quedan afectados a la presente normativa todos los terrenos urbanizados o urbanizables de propiedad Municipal, en los que se localicen asentamientos informales desde el punto de vista dominial.
ART.5º) El precio de venta de los inmuebles municipales será de $ 120 el metro cuadrado.
ART.6º) Cuando hubiere asentamiento en inmuebles afectados al dominio público y resulte imposible su reubicación por su extensión o consolidación, se podrá instrumentar la desafectación mediante el procedimiento establecido para cada caso, previa aprobación del Concejo Municipal.
ART.7º) Son beneficiarios del proceso de regularización dominial las personas físicas, individuos, familias o grupos de familias, que sean ocupantes de inmuebles o fracción de inmuebles municipales de una superficie no mayor a 300 m2 con o sin boleto de compra-venta, siempre que no sean propietarios o poseedores de otros inmuebles o que tengan capacidad para satisfacer las necesidades de vivienda por sus propios medios. En los casos en que se ocupe una superficie mayor, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá adecuar los límites del inmueble hasta el tope mencionado precedentemente.
ART.8º) La presente normativa es aplicable en las 20 secciones catastrales del distrito de Villa Gobernador Gálvez, priorizando la intervención en aquellos sectores en los que se verifique la existencia de asentamientos urbanos informales, los cuales desde el punto de vista dominial, son inmuebles en las que viven familias o grupos de familias que no poseen la titularidad de los terrenos que habitan.
ART.9º) El proceso de regularización dominial tendrá como base de información las siguientes herramientas diagnosticas:
ü  Inc. A: Los relevamientos sociales, económicos y técnicos.
ü  Inc.B: La constatación de la efectiva posesión de la tierra por parte de sus ocupantes.
ü  Inc.C: Constancia de ocupación que acredita la tenencia de la tierra, es el instrumento necesario para acceder al proceso de titularización.
ü  Inc.D: Certificado de cancelación de la deuda que acredite la cancelación de los compromisos de pago de cuotas pendientes y habilita a iniciar la escrituración. Inc. E: Boleto de compraventa.
ü  Inc.F: Escritura traslativa de dominio, donde se formaliza legalmente la venta y transferencia del dominio del inmueble.
ART.10º) Cuando la autoridad de aplicación juzgara cumplidos los requisitos para iniciar los trámites de escrituración, remitirá la nómina de adjudicatarios y los correspondientes informes técnicos completos a los Escribanos designados por la Municipalidad, los que tendrán a su cargo el control y la tramitación de los documentos administrativos previos al otorgamiento de la escritura traslativa de dominio.
ART.11º) La escritura traslativa de dominio será otorgada por los escribanos que designe la Municipalidad, quienes determinaran los pasos a seguir a efectos de facilitar el control y registro de las escrituras otorgadas.
ART.12º) Los gastos que demande el proceso de regularización dominial se imputaran a las partidas presupuestarias correspondientes, estando sujetas a la disponibilidad presupuestaria en cada ejercicio y podrán complementarse con el aporte de los gobiernos provincial o nacional, empresas u organismos públicos o privados nacionales o internacionales con intereses afines a los objetivos de la presente.
ART.13º) El pago del precio de venta de los inmuebles comprendidos en la presente deberá efectuarse de contado en la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad o en el lugar que esta determine. En los casos en que no se pueda cumplir con esta obligación, el Departamento Ejecutivo Municipal por pedido expreso del beneficiario y previo informe socio-económico, podrá disponer las medidas necesarias que permitan el pago correspondiente en cuotas.
ART.14º) Los importes percibidos en concepto de lo establecido en el artículo precedente se destinarán de la siguiente manera:  40 % para  futuras  adquisiciones de terrenos por parte del municipio, los cuales serán destinados a loteos sociales; 40 % para la realización de obras en ese sector y el 20 % destinada a rentas generales pasaran a constituir un Fondo Especial cuyos destinos específicos serán afrontar los gastos de escrituración del presente programa de Regularización Dominial, como así también solventar futuras compras de terrenos por parte de Municipio, los cuáles serán destinados a loteos sociales.
ART.15º) Determínese como autoridad de aplicación de la presente Ordenanza al Departamento Municipal de la Vivienda creado por Ordenanza N°2033/2012, sin perjuicio de la intervención de otras áreas municipales.
ART.16º) El Departamento Municipal de la Vivienda elevara anualmente un informe al Concejo Deliberante con el avance físico-financiero y de resultados alcanzados, con el fin de analizar las metas alcanzadas por el Programa de Regularización Dominial.
ART.17º) A los fines de dar cumplimiento a las disposiciones precedentes, las autoridades competentes podrán realizar actuaciones y suscribir convenios y Boletos de Compra-Venta, como así también tomar las previsiones que se consideren necesarias para la simplificación de los trámites administrativos.
ART.18º) Dada la finalidad social de los loteos que regula la presente Ordenanza, la adjudicación de los terrenos y los derechos que de ella emanan son intransferibles. En todos los boletos de compraventa que se celebren, como asi tambien en las escrituras traslativas de dominio que se otorguen, deberá incluirse obligatoriamente la siguiente siguiente cláusula penal : " Este boleto (escritura) es intransferible y el o los adquirentes no podrán ceder ninguno de los derechos que el mismo acuerda " . El o los compradores no podrán vender ni dar locación o cualquier otra modalidad onerosa o gratuita el inmueble objeto de este acto, por el termino de 5 (cinco) años contados desde la fecha del respectivo contrato de compraventa . La violación de esta cláusula dará derecho a la Municipalidad a exigir del comprador originario la diferencia resultante entre el valor real del terreno y el importe del precio pactado. Solo por causas debidamente justificadas, previo informe de la Direccion de Bienestar Social, el D.E.M.  podrá autorizar, por resolución fundada la transferencia de lotes adjudicados a otro grupo familiar y / o personas, siempre y cuando reúna las condiciones establecidas por la presente Ordenanza para poder ser adjudicatario.   
ART.19º) Todas aquellas disposiciones legales vigentes que se opongan a la presente deberán adecuarse a lo establecido.
ART.20º) A fin de lograr una mayor adhesión a este programa de regularización dominial el Poder Ejecutivo a través de la secretaria que corresponda, brindará instrucción y/o asesoramiento de forma individual a cada locador, sobre la importancia que significa la posibilidad de adhesión a dicho programa.


CONTROLES DE EMISIONES DE GASES EN LA EMPRESA PROSAVIC QUE FUNCIONA EN EL PARQUE INDUSTRIAL

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACION Y ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE, Proyecto de Decreto, para que se realicen controles de emisores de gases, de la Empresa PROSAVIC SRL que funciona en el Parque Industrial de VGG. Expte. Nº 5056/14. Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la secretaría que corresponda, realice los controles de emisiones de gases, en la empresa PROSAVIC SRL que funciona en el Parque Industrial de Villa Gdor. Gálvez.
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal en caso de infracción por parte de la Empresa, tomará las medidas necesarias para garantizar la disminución de las emisiones de gases y el olor que emanan los mismos.
ART.3º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal eleve a este cuerpo un informe detallado con las habilitaciones, informe de impacto ambiental u otra información que resultare relevante del establecimiento mencionado en el Art. 1º.



CULMINACION REPOSICION  CARPETA ASFALTiCA EN CALLE SAENZ PEÑA
DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PUBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, para que se realice la culminación de reposición carpeta asfáltica en calle Sáenz Peña (según art. 2 Minuta de Comunicación 1677/09). Expte. Nº 5011/14. Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
MINUTA DE COMUNICACIÓN
ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo  Municipal para que a través de la secretaria que corresponda realice la tarea de pavimentación con carpeta asfáltica sobre la calle Roque Sáenz Peña desde calle San Juan hasta calle San Luis, dispuesto en el art. nº 2 de la Minuta de Comunicación Nº 1677/09.


SE DE CUMPLIMIENTO AL DECRETO 527/13

DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PUBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que se dé cumplimiento al Decreto 527/13. Expte. Nº 5038/14. Autor del proyecto: Concejal Martínez
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento al Decreto 527/13, el cual solicitaba la ejecución de obras de bacheo en la zona catastral 10, principalmente de los baches ubicados en la ochava noroeste de Avenida Soldado Aguirre y calle Opicci; en Avenida Soldado Aguirre  a la altura del 1500 – intersección con calle Opicci- sobre el carril izquierdo en el sentido de circulación oeste- este y; en la esquina sur de calle Oppici casi intersección con Av. Soldado Aguirre


DISPOSICION DE VEHICULOS REMITIDOS AL CORRALON MUNICIPAL

Proyecto de Ordenanza, sobre la disposición de vehículos remitidos al Corralón Municipal. Exp. 5048/14. Autor del proyecto: Concejal Dolce
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

ORDENANZA
ART.1º) Todos los vehículos remitidos al Corralón Municipal como consecuencia de la comisión de alguna infracción de tránsito, o por su abandono en la vía pública, serán sometidos al siguiente procedimiento: Ingresado el vehículo al Corralón Municipal, el Juez de Faltas deberá intimar en forma fehaciente al dueño del vehículo o a quien se considere con derecho al mismo, para que comparezca ante él para tramitar su retiro tras la presentación de la documentación exigida, el pago de multas y estadía correspondiente, bajo apercibimiento de que de no concurrir dentro del periodo de 6 meses de notificado, el mismo pasará automáticamente a disposición del Estado Municipal.
ART.2º) Todos los vehículos que pasen a disposición del Estado Municipal como consecuencia del Artículo anterior, serán destinados a subasta pública o desguace, según considere el Departamento Ejecutivo, con la aprobación del Concejo Deliberante, bajo régimen dispuesto por la Ley Provincial N° 11.856 y sus Decretos Reglamentarios N° 3786 y 1426.
Asimismo, la Municipalidad podrá realizar los pasos legales correspondientes para pasar a dominio municipal los vehículos que puedan ser utilizados por sus dependencias.
ART.3º) En caso de desguace de los vehículos, el Departamento Ejecutivo deberá garantizar la descontaminación de los mismos en forma segura para proteger el medio ambiente; para ello deberá contratar a empresas autorizadas a tal fin.



INTERES MUNICIPAL DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER

Proyecto Declaración, declarando de Interés Municipal la conmemoración del Día Internacional de la Mujer. Exp. 5054/14. Autor del proyecto: Concejal Dolce.
El Concejal Dolce se refirió al punto.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

DECLARACION
 ART.1º) Declárese de Interés Municipal la conmemoración del Día Internacional de la Mujer el día 8 de Marzo, con la clara intención de reivindicar la lucha de las mujeres por la conquista de sus derechos y bregar por el reconocimiento de los mismos.



MANIFESTACIONES

Los Concejales Garavano, Martinez y Cabrol se refirieron a distintos puntos.





Video de la sesión

En la Web

Un Concejo junto a la gente


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