viernes, 28 de marzo de 2014

3º Sesión Ordinaria 27 de marzo 2014



Esta es una síntesis de la 3º sesión de carácter ordinaria que se realizó el 27 de Marzo de 2014. La misma estuvo presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Jorge Andrés Murabito, en Secretaria Roberto Leiva.
Concejales presentes: Cabrol, Larrosa, Martínez, Mangiaterra, Cabrera, Garavano, Dolce y Murabito, María.


Lectura del Orden del Día.


PEDIDO DE INFORME SOBRE EL PROGRAMA “YO, SI PUEDO”

DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,  Proyecto de Decreto, pedido de informe sobre las gestiones realizadas por el Departamento Ejecutivo para implementar el Programa de Alfabetización “Yo, si puedo”. Expte. Nº  4.930/13.
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable.
El Concejal Martinez opino sobre el punto.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita que se eleve un informe, en el plazo de 10 días hábiles, sobre las gestiones que realizó el Departamento Ejecutivo para implementar el Programa de Alfabetización “Yo, Si Puedo”.
ART. 2º) En caso de no haber realizado la gestión mencionada en el Art. 1º, el Departamento Ejecutivo Municipal dará cumplimiento a lo establecido por el Decreto Nº 431/2012.


PRESENTACION DECLARACIONES JURADAS DE BIENES DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES Y DEL CONCEJO DELIBERANTE

DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Ordenanza,  Presentación de Declaraciones Juradas de Bienes del Sr. Intendente, Secretarios, Subsecretarios del Departamento  Ejecutivo y Concejales y Secretarios del Concejo Deliberante. Expte. Nº 4.991/13.
Autor del proyecto: Concejal Dolce. 
Favorable.
El Concejal Dolce opino sobre el punto.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

ORDENANZA
ART. 1º) El Intendente, los Secretarios y Subsecretarios del Departamento Ejecutivo Municipal; los Concejales, los Secretarios y Subsecretarios del Concejo Deliberante y Jueces de Falta, estarán obligados a presentar una declaración jurada de sus bienes dentro de los treinta (30) días de tomar posesión de sus cargos, durante el transcurso de cada año las personas comprendidas en esta Ordenanza deberán comunicar las modificaciones sustanciales operadas en la Declaración Jurada anterior y al finalizar su mandato en la función pública.
ART. 2°) Las Declaraciones Juradas a que se refiere el art.1º, deberán ser entregadas en sobre cerrado, ante un escribano con registro en la ciudad o que designe el Departamento Ejecutivo Municipal quien emitirá el recibo por cada sobre, labrara un acta dejando constancia de su recepción y guardará en depósito hasta dos años después que el funcionario haya cesado en su cargo y vencido dicho plazo serán  restituidas a cada titular. Las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios del Departamento Ejecutivo quedarán depositadas en la Contaduría General y las de los Concejales en la Secretaría del Concejo Deliberante.-
ART.3º) Las Declaraciones Juradas deberán contener como mínimo:
a) Datos Personales: apellido y nombre, documento tipo y número, domicilio y estado civil
b) Datos del cónyuge.
c) Bienes inmuebles sobre los que tenga dominio exclusivo o en condominio, estimando su valor o detallando última valuación fiscal.
d) Bienes muebles registrables, como automotores, motocicletas, embarcaciones o aeronaves, con su valor actualizado.
e) Bienes muebles de valor significativos, como semovientes, cosechas almacenadas, joyas, objetos de arte, equipos y otros.
f) Capitales invertidos en títulos, acciones y otros cotizables en bolsa.
g) Capitales invertidos en explotaciones unipersonales o sociedades que no cotizan en bolsa.
h) Dinero en efectivo, depósitos bancarios y otras entidades financieras, cajas de seguridad.
i) Detalle de créditos hipotecarios, prendarios y personales,
j) Detalles de otras deudas.
k) Ingresos del declarante y su cónyuge, derivados del trabajo en relación de dependencia, actividad profesional, comercial, renta o beneficios previsionales.
l) Bienes gananciales.
m) El declarante deberá informar si contribuye con sus ingresos, de manera habitual o extraordinaria a la adquisición de bienes para hijos mayores de edad.
ART.4º) El Intendente está obligado a difundir públicamente y remitir copia al Concejo Deliberante, de la nómina completa de funcionarios municipales de ambos departamentos, que hayan presentado la Declaración Jurada, con detalle de fecha de presentación. También deberán figurar los nombres de los funcionarios que no hayan cumplimentado dicha Declaración Jurada. La referida publicación deberá hacerse como mínimo dos veces al año.
ART. 5º) Cualquier ciudadano residente en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez podrá consultar las declaraciones juradas con la debida intervención de la Contaduría General Municipal o de la Secretaría del Concejo Deliberante, en su caso, previa presentación de una solicitud escrita donde conste:
a) Nombre y apellido, documento, ocupación y domicilio del solicitante;
b) Nombre, denominación o razón social y domicilio de cualquier otra persona jurídica en nombre de la cual se solicita la declaración; en dicho caso el solicitante deberá acreditar fehacientemente la representación que invoca.
c) El objeto que motiva la petición y el destino que se dará al informe; y
d) La declaración de que el solicitante tiene conocimiento de las eventuales sanciones por el uso indebido de la declaración jurada.
ART. 6º) La persona que acceda a una declaración jurada mediante el procedimiento previsto en la presente Ordenanza, no podrá utilizarla para:
a) Cualquier propósito ilegal;
b) Cualquier propósito comercial,
c) Determinar o establecer la clasificación crediticia de cualquier individuo;
d) Efectuar en forma directa o indirecta una solicitud de dinero con fines políticos, benéficos o de otra índole.
ART. 7º) Todo uso ilegal de una declaración jurada patrimonial será pasible de la sanción de multa de pesos dos mil quinientos (2500) a pesos veinte mill (20000). El órgano facultado para aplicar esta sanción es el Juzgado de Faltas Municipal, de acuerdo al procedimiento establecido por el Código de Faltas -.
ART.8º) La falta de presentación de las Declaraciones Juradas, por parte de los funcionarios comprendidos en el art. 1º de la presente, será considerada falta grave, pudiendo el Intendente o el Concejo Deliberante, por simple pedido de un concejal, intimar fehacientemente al moroso para que la cumplimente en el término de 10 días hábiles, bajo el apercibimiento de suspender el pago de sus retribuciones hasta que cumpla con la obligación.
ART. 9º) Los funcionarios que lo solicitaran, por razones de seguridad personal o familiar, quedaran facultados a los fines de la publicación no así de la presentación, a consignar los bienes sin su valuación.
ART.10°) Las dudas que se puedan generar, respecto a la interpretación de los alcances de la presente ordenanza, serán resueltos por analogía a la Ley 7.089 y su Decreto Reglamentario, y la Ley Nacional Nº 26.857
ART. 11°) Cláusula transitoria - Los funcionarios comprendidos en el art. 1º, deberán presentar su Declaración Jurada dentro de los 30 días hábiles de sancionada la presente Ordenanza.



RELEVAMIENTO  DE LOS VEHICULOS ABANDONADOS EN LA VIA PUBLICA

DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, se realice un relevamiento exhaustivo sobre los vehículos abandonados en la vía pública. Expte. 5030/14.
 Autor del proyecto: Concejal Martinez.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

DECRETO
ART.1º)  El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice un relevamiento exhaustivo en todo el territorio municipal sobre los vehículos abandonados en la vía pública e intime a sus propietarios para que, en un lapso no superior a los 10 (diez) días hábiles de recibida la intimación, procedan a su retiro, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones pertinentes según el Código Municipal de Faltas.
ART.2º)  De no cumplirse con la remoción solicitada en el artículo precedente, el vehículo será remitido a las instalaciones del Corralón Municipal, siendo el propietario pasible de las sanciones tipificadas en el Código Municipal de Faltas y de los costos que originen su traslado.


PEDIDO DE INFORME SOBRE PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE, CONTRATADOS, MONOTRIBUTISTAS, GABINETE Y EJECUTIVO

DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, pedido de informe sobre Personal de Planta Permanente, contratados, monotributistas, gabinete y ejecutivo de la Municipalidad de Villa Gdor. Gálvez. Expte. Nº  5074/14.
Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa y J. Murabito
Favorable.
El Concejal Garavano mociona que sean diez dias habiles el plazo de contestación. Se aprueba.
Opinaron sobre el punto el Concejal Cabrol; Garavano y Dolce.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante  ordena al Departamento Ejecutivo Municipal eleve un informe  donde se detalle lo siguiente:
a)                  Personal de planta permanente, con sus respectivos nombres, categorías, agrupamientos y adicionales, como así también donde prestan funciones.
b)                 Personal contratado de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, nombres, sueldo mensual y donde prestan función.
c)                  Personal monotributista de la Municipalidad, nombres, desembolso mensual, donde realiza sus funciones y actividad laboral.
d)                 Personal de gabinete de la Municipalidad, sueldo mensual y tareas que desempeña.
e)                  Personal ejecutivo y su remuneración mensual.
f)                  Personal pronto cargo a jubilarse y  categoría que revista  actualmente.
ART. 2º)   El Departamento Ejecutivo Municipal, remitirá un informe con movimientos de altas y bajas, a partir del período diciembre 2011 a la fecha de aprobación del presente.
ART. 3º)    El Ejecutivo Municipal deberá informar dentro de los diez  días hábiles de aprobado dicho decreto.


REPUDIO DEL ATAQUE SUFRIDO POR EL SECR. DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA GDOR GALVEZ Y SOLIDARIDAD CON JUEZ CARLOS VIENNA Y EL FISCAL GUILLERMO CAMPORINI

DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,  Proyecto de Declaración, en repudio al ataque sufrido por el Secr. De Gobierno de la Municipalidad de Villa Gdor. Gálvez y solidaridad con Juez Carlos Vienna y el Fiscal Guillermo Camporini. Expte. 5.081/14.
Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECLARACION
ART.1º) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez repudia enérgicamente el cobarde atentado sufrido por el Secretario de Gobierno de  la  Municipalidad de Villa Gobernad Gálvez, Sr. Rodolfo Cavalleri, y brega por que se continúen llevando adelante todos los esfuerzos necesarios para que en nuestra sociedad no haya lugar para la violencia.
ART.2º) Este cuerpo expresa su solidaridad con el Sr. Juez Juan Carlos Vienna y el Sr. Fiscal Guillermo Camporini amenazados e intimidados como consecuencia de su participación en investigaciones de hechos crimínales y de procesos judiciales propios del ejercicio de sus funciones.


TRABAJOS DE RESTAURACION DE MURALES EN LA PLAZA DE LA MEMORIA Y EN LA PLAZA EN HOMENAJE A LOS EX-COMBATIENTES DE MALVINAS

DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, trabajos de restauración de los murales ubicados en la Plaza de la Memoria y en la Plaza en Homenaje a los ex Combatientes de la Guerra de Malvinas. Expte. Nº 5.085/14.
Autor del proyecto: Concejal Dolce. 
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal proceda, en un lapso no mayor a 10 días hábiles, a adoptar las medidas que sean pertinentes para hacer efectivo el trabajo de restauración de los murales ubicados en la Plaza de la Memoria, situada en la esquina de Bv. San Diego y Av. General Juan D. Perón, y en la Plaza en Homenaje a los ex-Combatientes de la Guerra de Malvinas, situada sobre la calle Urquiza entre Santa María de Oro y Guido y Spano.




RECHAZO SOLICITUD DE PRORROGA PLAZO DE INTERPELACION

DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, rechazo solicitud de prórroga plazo de interpelación. Expte. Nº   5.086/14.
Autores del proyecto: Concejales Cabrol, Larrosa, J. Murabito y Maria C. Murabito
Favorable con modificaciones.
Puesto a consideración se procede a la votacion:
Por la aprobación del proyecto votan: Muarbito, J.; Cabrol; Larrosa, Martinez, Murabito, Maria C. y Dolce.
Se abstienen: Garavano; Cabrera y Mangiaterra.
El texto dice:

RESOLUCION
ART. 1º) Rechácese el pedido QUINCE (15) días hábiles de prorroga solicitado por el Departamento Ejecutivo Municipal para la interpelación de los Secretarios de Gobierno, de Obras Publicas y de Hacienda.
ART. 2 º) Cítese para el día Viernes 4 de Abril de 2014 a las 11 hs. Para que los funcionarios citados en el artículo precedente, concurran a este Concejo Deliberante a brindar informe detallado según Decreto 560/2014


aprobacion decreto 3902/14

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva Ad Referendum del Concejo Deliberante el Decreto Municipal Nº 3902/14. Expte. Nº 5.032/14.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

DECRETO
ART. 1º) Apruébase el Decreto Nº 3.902/14 elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal Ad Referéndum del Concejo Deliberante.


IMPLEMENTACION FIDEICOMISO FINANCIERO DEL SECTOR PUBLICO

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Decreto, implementación fideicomiso financiero del sector público. Expte. Nº   5.079/14.
Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra, Cabrera y Garavano.
Favorable.
Opino sobre el punto el Concejal Cabrol.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1º) Ordénese al Departamento Ejecutivo Municipal, para que, a través del Área de finanzas Municipal, y con adecuada y tempestiva información a este Concejo Deliberante, realice las gestiones y estudios técnicos y económicos pertinentes a los efectos de concluir dictamen sobre la viabilidad, oportunidad, mérito y conveniencia de la implementación, en el Municipio de Villa Gobernador Gálvez. del sistema de FIDEICOMISO FINANCIERO DEL SECTOR PÚBLICO, para el financiamiento de obras de infraestructura vial (pavimentación, ensanche y arreglo de calles, construcción de nuevos accesos viales), saneamiento ambiental, hidráulicas, viviendas y de infraestructura social.


INFORME SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN J.D. PERON 2096

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, PRESUPUESTO Y HACIENDA Y PLANEAMIENTO Y URBANISMO, Proyecto de Decreto, informe sobre el inmueble ubicado en Av. General Juan D. Perón 2096. Expte. Nº   5.075/14.
Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que,  a través de la Secretaria que corresponda,  proceda a la inspección, verificación de obras, regularización tributaria y catastral  a los ocupantes del terreno, ubicado sobre Avenida Juan Domingo Perón 2096, que usufructúan el espacio como local comercial.-
 ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal en el plazo de 15 días  informe sobre la situación catastral de los terrenos ubicados desde el límite Sur de la plaza A La Madre hasta calle Piazza, entre las vías del ferrocarril y Av. General Juan D. Perón.


DESIGNA “30 DE OCTUBRE” PLAZOLETA UBICADA EN IRIONDO Y LEVALLE

DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que se designe con el nombre “30 de Octubre” a la Plazoleta ubicada en Filippini en su intersección con la vías del ferrocarril. Expte. Nº   5.009/14.
Autor del proyecto: Concejal Martinez
Favorable.
El Concejal Garavano mociona que salga el proyecto como Ordenanza. Se aprueba.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
ORDENANZA
ART.1º) Desígnese  con  el nombre 30 DE OCTUBRE a la Rotonda ubicada en las intersecciones de calles Iriondo y Av. Levalle –zonal catastral Nro. 10-, en homenaje al histórico día de 1983 cuando el pueblo argentino logró recuperar su Democracia.
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá la colocación de carteles y plaquetas identificatorias con breves reseñas históricas sobre lo ocurrido el 30 de Octubre de 1983, a fin de lograr la concientización sobre la importancia de vivir en un país libre y democrático.
ART.3º) El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria que corresponda, procederá a dar cumplimiento al artículo 2° de la Ordenanza Nro. 2073/12.
ART.4º) El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria que corresponda, realizará obras tendientes al mejoramiento y mantenimiento del predio mencionado en el artículo 1° del presente decreto.


INFORME SOBRE LA EMPRESA DE TRANSPORTE “ROSARIO BUS” EN VILLA GDOR GALVEZ

DICTAMEN DE COMISIÓNES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS, Proyecto de Decreto, pedido de informe sobre la Empresa de Transporte Público de Pasajeros “Rosario Bus” en Villa Gobernador Gálvez. Expte. Nº   5.080/14.
Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que través de la Secretaría que corresponda informe:
a.- Cantidad de unidades de transporte automotor propiedad del Grupo Empresario Rosario Bus,  Continental y America T.A. y las empresas  vinculadas radicadas en Villa Gobernador Gálvez.
b.- Cantidad de unidades patentadas radicadas en la ciudad a partir de ENERO 2012 fecha en la cual se la exceptuó del pago de la 6ta. cuota de patente.
c.- Estado de cuenta actual respecto de Impuestos Tasas y Contribuciones que el Grupo Empresario de Transporte automotor mantiene con la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.


REPARACION DE BACHES EN CALLE MITRE ESQUINA AVELLANEDA, ROSARIO INTERSECCION SOLD. AGUIRRE Y JUAN B. JUSTO ENTRE PABLO IGLESIAS Y SAN MARTIN

DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que se proceda a la reparación de los  baches  ubicados en Av. Mitre en su intersección con calle Avellaneda; calle Rosario en su intersección con Soldado Aguirre y calle Juan B. Justo entre Pablo Iglesias y Av. San Martín. Exptes. Nº 5052/14; 5039/14 y 5037/14.
Autor de los proyectos: Concejal Martinez.
Favorable.
Puesto a consideración se aprueba por unanimidad.
El texto dice:

DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la reparación de   los  baches ubicados en:
-           Av. Mitre – altura 1.200- en su intersección con Avellaneda, ochava noreste.
-          calle Rosario en su intersección con Av. Soldado Aguirre.
-          calle Juan B. Justo entre Pablo Iglesias y Av. San Martín.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, señalicen los baches hasta tanto sean reparados.
ART. 3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, intime al frentista de la esquina noreste ( Av. Mitre intersección Avellaneda) para que retire el caño que se encuentra emplazado en el lugar dentro de los cinco días corridos a partir de la aprobación del presente proyecto. Si así no lo hiciere, el Departamento Ejecutivo Municipal ordenará, a la brevedad, su remoción, sin perjuicio de las sanciones por incumplimiento que le correspondiere al propietario del inmueble ubicado en dicha esquina.




Video de la sesión
En la Web

Un Concejo junto a la gente



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