Esta es una síntesis de la 3º sesión de
carácter ordinaria que se realizó el 27 de Marzo de 2014. La misma estuvo
presidida por el Presidente del Concejo Deliberante Jorge Andrés Murabito, en
Secretaria Roberto Leiva.
Concejales presentes: Cabrol, Larrosa,
Martínez, Mangiaterra, Cabrera, Garavano, Dolce y Murabito, María.
Lectura del Orden del Día.
PEDIDO DE INFORME SOBRE EL PROGRAMA “YO, SI
PUEDO”
DICTAMEN DE
COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, pedido de informe sobre las gestiones realizadas por el Departamento
Ejecutivo para implementar el Programa de Alfabetización “Yo, si puedo”. Expte. Nº 4.930/13.
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable.
El
Concejal Martinez opino sobre el punto.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita que se
eleve un informe, en el plazo de 10 días hábiles, sobre las gestiones que
realizó el Departamento Ejecutivo para implementar el Programa de
Alfabetización “Yo, Si Puedo”.
ART. 2º) En caso de no haber realizado la gestión
mencionada en el Art. 1º, el Departamento Ejecutivo Municipal dará cumplimiento
a lo establecido por el Decreto Nº 431/2012.
PRESENTACION DECLARACIONES JURADAS DE
BIENES DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES Y DEL CONCEJO DELIBERANTE
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y
EDUCACIÓN, Proyecto de
Ordenanza, Presentación de Declaraciones
Juradas de Bienes del Sr. Intendente, Secretarios, Subsecretarios del
Departamento Ejecutivo y Concejales y
Secretarios del Concejo Deliberante. Expte. Nº 4.991/13.
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable.
El
Concejal Dolce opino sobre el punto.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
ORDENANZA
ART.
1º) El Intendente, los
Secretarios y Subsecretarios del Departamento Ejecutivo Municipal; los
Concejales, los Secretarios y Subsecretarios del Concejo Deliberante y Jueces
de Falta, estarán obligados a presentar una declaración jurada de sus bienes
dentro de los treinta (30) días de tomar posesión de sus cargos, durante el transcurso de cada
año las personas comprendidas en esta Ordenanza deberán comunicar las
modificaciones sustanciales operadas en la Declaración Jurada anterior y al
finalizar su mandato en la función pública.
ART.
2°) Las Declaraciones Juradas a
que se refiere el art.1º, deberán ser entregadas en sobre cerrado, ante un
escribano con registro en la ciudad o que designe el Departamento Ejecutivo
Municipal quien emitirá el recibo por cada sobre, labrara un acta dejando
constancia de su recepción y guardará en depósito hasta dos años después que el
funcionario haya cesado en su cargo y vencido dicho plazo serán restituidas a cada titular. Las declaraciones
juradas patrimoniales de los funcionarios del Departamento Ejecutivo quedarán
depositadas en la
Contaduría General y las de los Concejales en la Secretaría del Concejo
Deliberante.-
ART.3º) Las Declaraciones Juradas deberán contener como
mínimo:
a) Datos Personales: apellido y nombre, documento
tipo y número, domicilio y estado civil
b) Datos del cónyuge.
c) Bienes inmuebles sobre los que tenga
dominio exclusivo o en condominio, estimando su valor o detallando última
valuación fiscal.
d) Bienes muebles registrables, como
automotores, motocicletas, embarcaciones o aeronaves, con su valor actualizado.
e) Bienes muebles de valor significativos,
como semovientes, cosechas almacenadas, joyas, objetos de arte, equipos y
otros.
f) Capitales invertidos en títulos, acciones y
otros cotizables en bolsa.
g) Capitales invertidos en explotaciones
unipersonales o sociedades que no cotizan en bolsa.
h) Dinero en efectivo, depósitos bancarios y
otras entidades financieras, cajas de seguridad.
i) Detalle de créditos hipotecarios,
prendarios y personales,
j) Detalles de otras deudas.
k) Ingresos del declarante y su cónyuge, derivados
del trabajo en relación de dependencia, actividad profesional, comercial, renta
o beneficios previsionales.
l) Bienes gananciales.
m) El declarante deberá informar si contribuye con
sus ingresos, de manera habitual o extraordinaria a la adquisición de bienes
para hijos mayores de edad.
ART.4º) El Intendente está obligado a difundir
públicamente y remitir copia al Concejo Deliberante, de la nómina completa de
funcionarios municipales de ambos departamentos, que hayan presentado la
Declaración Jurada, con detalle de fecha de presentación. También deberán
figurar los nombres de los funcionarios que no hayan cumplimentado dicha
Declaración Jurada. La referida publicación deberá hacerse como mínimo dos
veces al año.
ART.
5º) Cualquier ciudadano
residente en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez podrá consultar las
declaraciones juradas con la debida intervención de la Contaduría General
Municipal o de la Secretaría del Concejo Deliberante, en su caso, previa
presentación de una solicitud escrita donde conste:
a) Nombre y apellido, documento, ocupación y
domicilio del solicitante;
b) Nombre, denominación o razón social y domicilio
de cualquier otra persona jurídica en nombre de la cual se solicita la
declaración; en dicho caso el solicitante deberá acreditar fehacientemente la
representación que invoca.
c) El objeto que motiva la petición y el destino
que se dará al informe; y
d) La declaración de que el solicitante tiene
conocimiento de las eventuales sanciones por el uso indebido de la declaración
jurada.
ART.
6º) La persona que acceda a una
declaración jurada mediante el procedimiento previsto en la presente Ordenanza,
no podrá utilizarla para:
a) Cualquier propósito ilegal;
b) Cualquier propósito comercial,
c) Determinar o establecer la clasificación
crediticia de cualquier individuo;
d) Efectuar en forma directa o indirecta una
solicitud de dinero con fines políticos, benéficos o de otra índole.
ART.
7º) Todo uso ilegal de una
declaración jurada patrimonial será pasible de la sanción de multa de pesos dos
mil quinientos (2500) a pesos veinte mill (20000). El órgano facultado para
aplicar esta sanción es el Juzgado de Faltas Municipal, de acuerdo al
procedimiento establecido por el Código de Faltas -.
ART.8º) La falta de presentación de las Declaraciones
Juradas, por parte de los funcionarios comprendidos en el art. 1º de la
presente, será considerada falta grave, pudiendo el Intendente o el Concejo
Deliberante, por simple pedido de un concejal, intimar fehacientemente al
moroso para que la cumplimente en el término de 10 días hábiles, bajo el
apercibimiento de suspender el pago de sus retribuciones hasta que cumpla con
la obligación.
ART.
9º) Los funcionarios que lo
solicitaran, por razones de seguridad personal o familiar, quedaran facultados
a los fines de la publicación no así de la presentación, a consignar los bienes
sin su valuación.
ART.10°) Las dudas que se puedan generar, respecto a la
interpretación de los alcances de la presente ordenanza, serán resueltos por
analogía a la Ley 7.089 y su Decreto Reglamentario, y la Ley Nacional Nº 26.857
ART.
11°) Cláusula transitoria - Los
funcionarios comprendidos en el art. 1º, deberán presentar su Declaración
Jurada dentro de los 30 días hábiles de sancionada la presente Ordenanza.
RELEVAMIENTO DE LOS VEHICULOS ABANDONADOS EN LA VIA
PUBLICA
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, se
realice un relevamiento exhaustivo sobre los vehículos abandonados en la vía
pública. Expte. 5030/14.
Autor del proyecto: Concejal Martinez.
Favorable.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
DECRETO
ART.1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo
Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice un
relevamiento exhaustivo en todo el territorio municipal sobre los vehículos
abandonados en la vía pública e intime a sus propietarios para que, en un lapso
no superior a los 10 (diez) días hábiles de recibida la intimación, procedan a
su retiro, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones pertinentes según el
Código Municipal de Faltas.
ART.2º) De no cumplirse con la remoción solicitada en el artículo
precedente, el vehículo será remitido
a las instalaciones del Corralón Municipal, siendo el propietario pasible de
las sanciones tipificadas en el Código Municipal de Faltas y de los costos que
originen su traslado.
PEDIDO DE
INFORME SOBRE PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE, CONTRATADOS, MONOTRIBUTISTAS,
GABINETE Y EJECUTIVO
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, pedido de informe sobre
Personal de Planta Permanente, contratados, monotributistas, gabinete y
ejecutivo de la Municipalidad de Villa Gdor. Gálvez. Expte. Nº 5074/14.
Autores del proyecto: Concejales
Cabrol, Larrosa y J. Murabito
Favorable.
El
Concejal Garavano mociona que sean diez dias habiles el plazo de contestación. Se
aprueba.
Opinaron
sobre el punto el Concejal Cabrol; Garavano y Dolce.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal
eleve un informe donde se detalle lo
siguiente:
a) Personal de planta permanente, con sus
respectivos nombres, categorías, agrupamientos y adicionales, como así también
donde prestan funciones.
b) Personal contratado de la
Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, nombres, sueldo mensual y donde
prestan función.
c) Personal monotributista de la
Municipalidad, nombres, desembolso mensual, donde realiza sus funciones y
actividad laboral.
d) Personal de gabinete de la
Municipalidad, sueldo mensual y tareas que desempeña.
e) Personal ejecutivo y su remuneración
mensual.
f) Personal pronto cargo a jubilarse
y categoría que revista actualmente.
ART. 2º) El
Departamento Ejecutivo Municipal, remitirá un informe con movimientos de altas
y bajas, a partir del período diciembre 2011 a la fecha de aprobación del
presente.
ART. 3º) El
Ejecutivo Municipal deberá informar dentro de los diez días hábiles de aprobado dicho decreto.
REPUDIO DEL ATAQUE SUFRIDO
POR EL SECR. DE GOBIERNO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA GDOR GALVEZ Y SOLIDARIDAD
CON JUEZ CARLOS VIENNA Y EL FISCAL GUILLERMO CAMPORINI
DICTAMEN
DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Declaración, en repudio al ataque sufrido por el
Secr. De Gobierno de la Municipalidad de Villa Gdor. Gálvez y solidaridad con
Juez Carlos Vienna y el Fiscal Guillermo Camporini. Expte. 5.081/14.
Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra,
Cabrera y Garavano.
Favorable.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
DECLARACION
ART.1º) El Concejo Deliberante de Villa
Gobernador Gálvez repudia enérgicamente el cobarde atentado sufrido por el Secretario
de Gobierno de la Municipalidad de Villa Gobernad Gálvez, Sr.
Rodolfo Cavalleri, y brega por que se continúen llevando adelante todos los
esfuerzos necesarios para que en nuestra sociedad no haya lugar para la
violencia.
ART.2º) Este cuerpo expresa su solidaridad con
el Sr. Juez Juan Carlos Vienna y el Sr. Fiscal Guillermo Camporini amenazados e
intimidados como consecuencia de su participación en investigaciones de hechos
crimínales y de procesos judiciales propios del ejercicio de sus funciones.
TRABAJOS DE
RESTAURACION DE MURALES EN LA PLAZA DE LA MEMORIA Y EN LA PLAZA EN HOMENAJE A
LOS EX-COMBATIENTES DE MALVINAS
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto
de Decreto, trabajos de restauración de los murales ubicados en la Plaza de la
Memoria y en la Plaza en Homenaje a los ex Combatientes de la Guerra de
Malvinas. Expte. Nº 5.085/14.
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
Favorable.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo
Municipal proceda, en un lapso no mayor a 10 días hábiles, a adoptar las
medidas que sean pertinentes para hacer efectivo el trabajo de restauración de
los murales ubicados en la Plaza de la Memoria, situada en la esquina de Bv.
San Diego y Av. General Juan D. Perón, y en la Plaza en Homenaje a los
ex-Combatientes de la Guerra de Malvinas, situada sobre la calle Urquiza entre
Santa María de Oro y Guido y Spano.
RECHAZO
SOLICITUD DE PRORROGA PLAZO DE INTERPELACION
DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto
de Decreto, rechazo solicitud de prórroga plazo de interpelación. Expte.
Nº 5.086/14.
Autores del proyecto:
Concejales Cabrol,
Larrosa, J. Murabito y Maria C. Murabito
Favorable
con modificaciones.
Puesto
a consideración se procede a la votacion:
Por
la aprobación del proyecto votan: Muarbito, J.; Cabrol; Larrosa, Martinez,
Murabito, Maria C. y Dolce.
Se
abstienen: Garavano; Cabrera y Mangiaterra.
El
texto dice:
RESOLUCION
ART. 1º) Rechácese el pedido QUINCE (15) días hábiles de prorroga
solicitado por el Departamento Ejecutivo Municipal para la interpelación de los
Secretarios de Gobierno, de Obras Publicas y de Hacienda.
ART. 2 º) Cítese para el día Viernes 4 de Abril de 2014 a las 11 hs. Para
que los funcionarios citados en el artículo precedente, concurran a este
Concejo Deliberante a brindar informe detallado según Decreto 560/2014
aprobacion decreto 3902/14
DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y
PRESUPUESTO Y HACIENDA, el Departamento Ejecutivo Municipal eleva Ad Referendum
del Concejo Deliberante el Decreto Municipal Nº 3902/14. Expte. Nº 5.032/14.
Favorable.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
DECRETO
ART. 1º) Apruébase el Decreto Nº 3.902/14 elevado por el Departamento Ejecutivo
Municipal Ad Referéndum del Concejo Deliberante.
IMPLEMENTACION FIDEICOMISO
FINANCIERO DEL SECTOR PUBLICO
DICTAMEN DE COMISIONES
DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Decreto, implementación
fideicomiso financiero del sector público. Expte. Nº 5.079/14.
Autores del proyecto: Concejales Mangiaterra,
Cabrera y Garavano.
Favorable.
Opino
sobre el punto el Concejal Cabrol.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
DECRETO
ART. 1º) Ordénese al Departamento Ejecutivo
Municipal, para que, a través del Área de finanzas Municipal, y con adecuada y
tempestiva información a este Concejo Deliberante, realice las gestiones y
estudios técnicos y económicos pertinentes a los efectos de concluir dictamen
sobre la viabilidad, oportunidad, mérito y conveniencia de la implementación,
en el Municipio de Villa Gobernador Gálvez. del sistema de FIDEICOMISO
FINANCIERO DEL SECTOR PÚBLICO, para el financiamiento de obras de
infraestructura vial (pavimentación, ensanche y arreglo de calles, construcción
de nuevos accesos viales), saneamiento ambiental, hidráulicas, viviendas y de
infraestructura social.
INFORME SOBRE
EL INMUEBLE UBICADO EN J.D. PERON 2096
DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,
PRESUPUESTO Y HACIENDA Y PLANEAMIENTO Y URBANISMO, Proyecto de Decreto, informe
sobre el inmueble ubicado en Av. General Juan D. Perón 2096. Expte. Nº 5.075/14.
Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Favorable.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento
Ejecutivo Municipal para que, a través
de la Secretaria que corresponda, proceda a la inspección, verificación de
obras, regularización tributaria y catastral a los ocupantes del terreno, ubicado
sobre Avenida Juan Domingo Perón 2096, que usufructúan el espacio como local
comercial.-
ART.2º) El Departamento Ejecutivo
Municipal en el plazo de 15 días informe
sobre la situación catastral de los terrenos ubicados desde el límite Sur de la
plaza A La Madre hasta calle Piazza, entre las vías del ferrocarril y Av. General
Juan D. Perón.
DESIGNA
“30 DE OCTUBRE” PLAZOLETA UBICADA EN IRIONDO Y LEVALLE
DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y OBRAS
PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que se designe con el nombre “30 de
Octubre” a la Plazoleta ubicada en Filippini en su intersección con la vías del
ferrocarril. Expte.
Nº 5.009/14.
Autor del proyecto: Concejal Martinez
Favorable.
El Concejal
Garavano mociona que salga el proyecto como Ordenanza. Se aprueba.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
ORDENANZA
ART.1º) Desígnese con
el nombre 30 DE OCTUBRE a la Rotonda ubicada en las intersecciones de
calles Iriondo y Av. Levalle –zonal catastral Nro. 10-, en homenaje al histórico día de 1983 cuando
el pueblo argentino logró recuperar su Democracia.
ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá
la colocación de carteles y plaquetas identificatorias con breves reseñas
históricas sobre lo ocurrido el 30 de Octubre de 1983, a fin de lograr la
concientización sobre la importancia de vivir en un país libre y democrático.
ART.3º) El Departamento Ejecutivo Municipal, a
través de la Secretaria que corresponda, procederá a dar cumplimiento al
artículo 2° de la Ordenanza Nro. 2073/12.
ART.4º) El Departamento Ejecutivo Municipal, a
través de la Secretaria que corresponda, realizará obras tendientes al
mejoramiento y mantenimiento del predio mencionado en el artículo 1° del
presente decreto.
INFORME SOBRE
LA EMPRESA DE TRANSPORTE “ROSARIO BUS” EN VILLA GDOR GALVEZ
DICTAMEN DE COMISIÓNES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y
SERVICIOS PÚBLICOS, Proyecto de Decreto, pedido de informe sobre la Empresa de
Transporte Público de Pasajeros “Rosario Bus” en Villa Gobernador Gálvez. Expte. Nº
5.080/14.
Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Favorable.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante
se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que través de la Secretaría que
corresponda informe:
a.- Cantidad de unidades de
transporte automotor propiedad del Grupo Empresario Rosario Bus, Continental y America T.A. y las empresas vinculadas radicadas en Villa Gobernador
Gálvez.
b.- Cantidad de unidades
patentadas radicadas en la ciudad a partir de ENERO 2012 fecha en la cual se la
exceptuó del pago de la 6ta. cuota de patente.
c.- Estado de cuenta actual
respecto de Impuestos Tasas y Contribuciones que el Grupo Empresario de
Transporte automotor mantiene con la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
REPARACION DE
BACHES EN CALLE MITRE ESQUINA AVELLANEDA, ROSARIO INTERSECCION SOLD. AGUIRRE Y
JUAN B. JUSTO ENTRE PABLO IGLESIAS Y SAN MARTIN
DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y
SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, para que se proceda a la reparación de
los baches ubicados en Av. Mitre en su
intersección con calle Avellaneda; calle Rosario en su intersección con Soldado
Aguirre y calle Juan B. Justo entre Pablo Iglesias y Av. San Martín. Exptes. Nº 5052/14; 5039/14 y 5037/14.
Autor de los proyectos: Concejal Martinez.
Favorable.
Puesto
a consideración se aprueba por unanimidad.
El
texto dice:
DECRETO
ART. 1º) El
Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a
través de la Secretaría que corresponda, proceda a la reparación de los baches ubicados en:
-
Av. Mitre – altura 1.200- en su intersección
con Avellaneda, ochava noreste.
-
calle Rosario en su intersección con Av. Soldado Aguirre.
-
calle Juan B. Justo entre Pablo Iglesias
y Av. San Martín.
ART. 2º) El
Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a
través de la Secretaría que corresponda, señalicen los baches hasta tanto sean
reparados.
ART. 3º) El
Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a
través de la Secretaría que corresponda, intime al frentista de la esquina
noreste ( Av. Mitre intersección Avellaneda) para que retire el caño que se
encuentra emplazado en el lugar dentro de los cinco días corridos a partir de
la aprobación del presente proyecto. Si así no lo hiciere, el Departamento
Ejecutivo Municipal ordenará, a la brevedad, su remoción, sin perjuicio de las
sanciones por incumplimiento que le correspondiere al propietario del inmueble
ubicado en dicha esquina.
Video de la sesión
En la Web
Un
Concejo junto a la gente
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