lunes, 31 de marzo de 2014

MODIFICACION ART. 1º ORDENANZA 1842/09

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito. 
Proyecto de Ordenanza, modificación Art. 1 de la Ordenanza 1842/09. Exp. 5091/14
VISTO:
El Reglamento de Tránsito y Tráfico de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Ordenanza Nº 37/72  Arts.97º y 98,
Ordenanza Municipal Nº 853/93,
Ordenanza Municipal Nº 1842/09 y ;
CONSIDERANDO:
Que han variado sustancialmente las condiciones de circulación en el ejido de la Ciudad, vinculadas en forma directa con un incremento en el flujo vehícular con relación a la cantidad de vehículos que circulaban años atrás.-
Que dicho volumen de tránsito va ligado con una importante demanda de espacios para estacionamientos, siendo necesario un reordenamiento en los espacios y horarios de detención de los vehículos.-
Que en determinadas cuadras donde se ubican los establecimientos educativos coexisten actividades comerciales, bancarias, donde los vecinos manifiestan las dificultades por las que atraviesan para poder conseguir un  espacio para estacionar.-
Que es necesario disponer sectores exclusivos para el ascenso y descenso de escolares, frente a los establecimientos educativos.-
            Que este ordenamiento es necesario tanto para la seguridad de conductores, como también para peatones.-
Que en la ultima década, por cuestiones socio culturales, aumentaron notoriamente la presencia de transportes escolares sobre la calzada de las escuelas que dificultan el paso no solamente de vehículos particulares, sino también del transporte público que circula en horarios de entrada y salida de educandos.-
Que la Ordenanza Municipal en su artículo 1º, no establece especificamente ningún espacio en metros , de clazada para el estacionamiento de transporte escolares, durante el proceso de ingreso y egreso de educandos.-
Que el cuerpo de Tránsito de nuestra ciudad solicita que se establezcan de forma definitiva y en carácter de ordenza las áreas bien marcadas en donde se estacionen vehículos destinados al transporte escolar y ascenso y descenso de niños discapacitados.-
Que es de suma preocupación que la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez no cumpla con los controles necesarios que  deben realizarse en el ingreso y egreso de niños y adolescentes en Instituciones Educativas de nivel primario, secundario y terciario; como así también de sus atribuciones y responsabilidades frente a la comunidad.-
Que es de gran importancia  que  niños y adolescentes puedan descender y ascender de los vehículos en condiciones de seguridad y no lo realicen desde cualquier punto de la arteria, en segunda o tercera fila y expuestos a cualquier tipo de situación que pudiera producir un accidente.-
Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente promulga el siguiente proyecto de;

ORDENANZA:

 ARTÍCULO 1º: Modificase el ARTÍCULO 1º de la Ordenanza Municipal Nº 1842/09, el que quedara redactado de la siguiente forma: Frente a los establecimientos escolares durante los días de clases, se asignaran 60 metros de calzada, en escuelas primarias y secundarias, para la detención exclusiva de transporte escolares. Se autoriza la detención por un lapso no mayor del necesario para realizar el ascenso y descenso de escolares de vehículos especificamente destinados a tal fin dicho espacio deberá respetar lo expuesto en el  Art. 98º Inc. F  Ordenanza Nº 37/72 Reglamento de Tránsito y Trafico Ciudad Villa Gdor. Gálvez.-





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