martes, 21 de octubre de 2014

SE DE CUMPLIMIENTO A LAS MINUTAS DE COMUNICACIÓN 1635/08; 1744/10; 1976/10 Y 2059/14

Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, Se dé cumplimiento a las Minutas de Comunicación Nº 1635/08; 1744/10; 1976/10 y 2059/14. Exp. 5370/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 art. 39 incisos 24 y 30;
Minuta de Comunicación Nro. 1.635/08 Reparación calle Libertador esquina Las Heras;
Minuta de Comunicación Nro. 1.744/10 Tareas de bacheo y pavimentación en distintas calles del Barrio Parque Alegre art. 2;
Minuta de Comunicación Nro. 1.752/10 Trabajos de obras públicas en la intersección de Av. Libertador y calle Las Heras;
Minuta de Comunicación Nro. 1.758/10 Reparación de calzada y limpieza calle Libertador;
Minuta de Comunicación Nro. 1.826/10 Cordón cuneta Libertador entre Las Heras y el paso a Nivel Magallanes y Caseros;
Minuta de Comunicación Nro. 1.976/12 Obras públicas en Av. Libertador entre Las Heras y Caseros;
Minuta de Comunicación Nro. 2.059/14 Ejecución de las tareas solicitadas en las Minutas de Comunicación Nº 1635/08; Nº 1744/10 y 1976/12;
Decreto Nro. 305/10 Plazos de ejecución pavimentación Av. Libertador entre Las Heras y Av. San Martín;
Estado de la calzada Av. Libertador y;
Considerando
Que desde el año 2008 se vienen realizando reclamos sobre el estado de la calzada de Av. Libertador desde Belgrano hasta Caseros.
Que en abril del corriente año, este Cuerpo solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal, ejecutara las obras mencionadas en las Minutas de Comunicación Nº 1635/08; Nº 1744/10 y 1976/12;
Que por la mencionada arteria transita una significativa cantidad de vehículos de distinto porte, por tal motivo se encuentra en un avanzado estado de deterioro que dificulta considerablemente su circulación.
Que el hundimiento y rotura de la carpeta asfáltica genera acumulación de agua y de residuos, aumentando el riesgo de contraer enfermedades producto de la proliferación de distintos tipo de alimañas que estas circunstancias favorecen.
Que el estado de la calzada puede provocar daños materiales en los vehículos que la atraviesan.
Que más de un conductor decide invadir el carril contrario para evitar toparse con los numerosos y profundos baches que posee la calzada y esto puede provocar siniestros viales con consecuencias fatales.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal velar por el bienestar de las personas que habitan el territorio municipal.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la ejecución de las tareas solicitadas en las minutas de Comunicaciones nros. 1.635/08, 1.744/10, 1.976/12 y 2.059/14.






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