lunes, 6 de octubre de 2014

SE ELEVE INFORME SOBRE LA ORD. 2215/14 (SKATEPARK)

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.
Proyecto de Decreto, se eleve a este cuerpo un informe sobre la Ord. Nº 2215/14 (Skatepark). Exp. 5348/14.
VISTO:
La Ley Orgánica Municipal Nº 2756
El reclamo de jóvenes y padres;
CONSIDERANDO:
Que en el mes de  Julio del corriente año se aprovó por unanimidad la Ordenanza  Nº 2.215/14           referida a la creaciòn de SKATEPARK en la ciudad de Villa Gobernador Gàlvez y que aún no se conocen los avanses que efectivicen dicha obra.-
Que los jóvenes que practican diversas actividades, comprendidas dentro de este SKATEPARCK manifiestan la necesidad de realizar pŕacticas de trabajo conjunto entre el Dapartamento Ejecutivo Municipal, las áreas de Arquitectura, Catastro y Obras Públicas y/o cualquier otra división involucrada en este preyecto.-
Que dicha Ordenanza refiere en el  artículo Nº10, que el D.E.M, considerará las recomendaciones, sugerencias , donaciones y aportes brindados por asociaciones y usuarios.-
Que estos jóvenes exponen que su propósito fundamental es ser una fuente de consulta y generación de  donaciones que colaboren con la creación de dicho parque.-
Que la existencia de este tipo de ámbito de deporte ,esparcimiento y encuentro social  es entendido como inversión social y constituye la opcioń más adecuada respecto a la durabilidad, seguridad y práctica de la actividad.-
Que resulta sumamente necesario crear estos tipos de ambientes que promueven  la no violencia, la tolerancia y la paz social, junto con los beneficios del deporte para el desarrollo.-
Que el deporte enseña valores importantes con respecto al trabajo en equipo y justicia.-
Por todo lo expuesto anterormente, el Bloque del Partido Vecinal Independiente, eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;
   DECRETO

Articulo 1º- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, eleve a este cuerpo, en un plazo no mayor a 20 (veinte) días ,un informe sobre las diferentes operaciones, prácticas y/o acciones que efectivicen la Ordenanza Nº  2.215/14.-         
Articulo 2º- El Departamento Ejecutivo Municipal está obligado a componer un diálogo constante que desarrolle un trabajo conjunto entre las áreas que el mismo considere apropiadas y los jóvenes y padres que desarrollen y/o esten realicionasdos con las pŕacticas deportivas contempladas en el Art.1º y Art. 8º de la Ordenanza Nº 2.215/14.-   






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