martes, 29 de julio de 2014

Proyectos presentados por el Bloque Partido Vecinal Independiente al 28 de julio 2014

Estos son los proyectos presentados por el bloque Partido Vecinal Independiente.


BLOQUE PARTIDO VECINAL INDEPENDIENTE
 Autora de los proyectos: Concejal María C. Murabito.

INFORME SOBRE GESTIONES ANTE GOBIERNOS PROVINCIAL Y/O NACIONAL PARA LA CONSTRUCCION DEL INST. SUP. TERCIARIO N° 24
Proyecto de Decreto, se informe sobre la gestiones ante los gobiernos provincial y/o nacional por la construcción del Inst.. Sup. Terciario N° 24 “Heroes de Malvinas”. Exp. 5249/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
Expte. 5105/14
Ordenanza 2197/14
CONSIDERANDO:
Que en el mes de Mayo del año 2014 este cuerpo deliberativo aprobó por unanimidad la Ordenanza 2197/14 derogando la Ordenanza 1897/09, y estableciendo la cesión a título gratuito  el terreno para la construcción del Instituto Superior Terciario Nº24 “Héroes de Malvinas”.-
Que resulta de gran importancia conocer por parte de este cuerpo deliberativo las siguientes operaciones, procedimientos y acciones que el Poder Ejecutivo Municipal se encuentre gestionando y/o tramitando ante autoridades provinciales y/o nacionales que efectivicen la concreción de la construcción del Único Instituto Superior Terciario de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.-
Que es sumamente fundamental reducir los tiempos de construcción y /o edificación del establecimiento que actualmente cuenta con más de 1100 alumnos de nuestra ciudad y localidades aledañas, quienes realizan sus actividades en condiciones precarias y deficientes que alteran el normal curso de aprendizaje.-
Que es deber del Poder Ejecutivo Municipal promulgar las ordenanza sancionadas por el Concejo y proveer a su ejecución por medio de los empleados a sus órdenes, dictando las disposiciones reglamentarias del caso. -
            Que el artículo 41º de la Ley 2756 establece la obligación del municipio a suministrar verbalmente, o por escrito, por sí o por medio de los secretarios, los informes que le pueda requerir el Concejo. -
            Que  la educación es un derecho humano fundamental, por lo tanto para su realización se requiere de la garantía y responsabilidad del estado, de la sociedad y de la familia.-
Por todo lo expuesto anteriormente, el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;

                                                                        DECRETO:
Artículo 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, en un tiempo no mayor a 20 días de haber aprobado el siguiente decreto, eleve a este cuerpo un informe sobre el estado, procedimientos, operaciones y acciones que se realizaron hasta la fecha, ante el gobierno Provincial y/o Nacional que efectivicen la concreción de la construcción del Instituto Superior Terciario Nº 24 “Héroes de Malvinas”, sobre el terreno citado en la Ordenanza 2197/14.-



REPARACION Y MANTENIMIENTO LISANDRO DE LA TORRE ENTRE SAN MARTIN Y TUCUMAN
Proyecto de Decreto, reparación y mantenimiento de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y Tucumán. Exp. 5250/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39º, Incs. 14, 24, 29,62, Art. 41º,  Incs. 24 y 26, Art. 44º.-
El estado de la capa asfáltica de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán, el reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que sobre la calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán la calzada se encuentra totalmente destruida por la formación de un bache de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.
Que en el bache se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad del mismo.
Que los vehículos al pasar obligadamente pisan los baches con agua servida salpicando a los vecinos que caminan por las veredas y a las casas de los mismos.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de ;

                                                                DECRETO:
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán.-




AUTORIZAR AL DEP. EJECUTIVO A IMPLEMENTAR SISTEMA DE VALLADO DE CONTENCION EN LAS VEREDAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES
Proyecto de Decreto, autorizar al Dep. Ejecutivo a la implementacion del Sitema de vallado de contencion para ser emplazados en las vereda de los establecimientos escolares. Exp. 5251/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
La necesidad contar con mayores herramientas que tiendan a proteger y asegurar el ordenado egreso de los niños a la salida de los colegios; y
CONSIDERANDO:
            Que es deber del Poder Ejecutivo Municipal velar por la calidad de vida de su sus habitantes.-
            Que unas de las herramientas más utilizadas para evitar el contacto directo de los niños hacia la calle, son las vallas de contención, que se ubican frente al perímetro que abarca la entrada a los establecimientos escolares, en el límite entre la vereda y la calzada. -
            Que según datos proporcionados por la Agencia provincial de Seguridad vial , la implementación de los sistemas de vallado de contención, colocados frente a los colegios, han demostrado una disminución de accidentes de tránsito que involucran a niños y vehículos.-
            Que en la actualidad, no todas las escuelas de la ciudad cuentan con dicho sistema, por lo que resulta necesario, que el estado municipal se aboque a la tarea de garantizar vallados de contención en todos los establecimientos escolares.-

DECRETO
Artículo 1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del trabajo coordinado de las Secretarías que correspondan, lleven adelante las gestiones necesarias para que, a la brevedad, se garantice la fabricación y colocación de sistemas de vallado de contención, a ser emplazados en las veredas de los establecimientos escolares de la ciudad que todavía no cuenten con dicha herramienta de protección para sus alumnos.-
Artículo 2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a recibir donaciones de Instituciones Empresariales y celebrar convenios de colaboración y participación provinciales y/o nacionales.-


RELEVAMIENTO DE LAS ESPECIES ARBOREAS CON INMINENTE PELIGRO DE CAIDA
Proyecto de Decreto, se proceda a realizar un relevamiento de aquella especies arborea que por su deterioro presenten peligro de inminente caida. Exp. 5252/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756
El estado de deterioro que presentan determinadas especies arbóreas, dispuestas en diferentes sectores de la ciudad; y
CONSIDERANDO:
            Que se pueden ver tanto en diferentes espacios verdes como en la vía pública, determinados ejemplares de árboles que por su estado, tamaño y edad, presentan un inminente riesgo de caída. Situación que se puede acelerar, ante la presencia de tormentas o fuertes vientos.
            Que por la ubicación de las especies, ya sea sobre veredas, plazas o boulevares; se tornan una amenaza para los peatones y para los vehículos que transitan por el lugar.
            Que a simple vista, se presentan múltiples situaciones, como: ahuecamiento de las base o de ramas de gran magnitud, procesos de desecado de algunas zonas o ramas, presencia de hongos y demás características, que manifiestan un avanzado estado de deterioro de estos árboles.
            Que la Municipalidad cuenta con un vivero propio ,que facilita la inmediata reposición de aquellas especies que ineludiblemente, necesiten ser removidas por presentar, un peligro inminente de caída.
Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;


                                                                   DECRETO:
Artículo 1º)Se solicita al Departamento Ejecutivo, para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a  realizar un relevamiento en toda la ciudad, de aquellas especies arbóreas que por su condición de deterioro, ahuecamiento o descomposición, presenten un peligro inminente de caída.
Artículo 2º)Según los resultados de dicho relevamiento, se realicen tareas de escamonda o, si fuese necesario, realizar los trámites correspondientes para la remoción de la especie y su inmediata reposición.
Artículo 3º) En caso de que estas tareas no puedan realizarse de manera simultánea, se solicita que se disponga de un vallado que inhabilite la zona de peligro, para el paso peatonal, hasta tanto se resuelva la dificultad.










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